La presente ley tiene por objeto establecer el servicio social obligatorio en los organismos y entidades de la administración pública, para profesionales en ciencias económicas, financieras y afines, el cual debe ser prestado por los egresados para optar por el título profesional que los habilite para ejercer sus profesiones. La presente ley regula el ejercicio, entrenamiento y empleabilidad de profesionales de la economía, administración de empresas, contaduría pública, ingeniería industrial y demás carreras afines.