El proyecto de ley que se encamina a establecer nuevas normas que permitan modificar el Depósito Legal de las Grabaciones Sonoras o Fonogramas con el fin de aumentar las memorias y el patrimonio musical en la República de Colombia. Básicamente lo que propone el proyecto original es que el Depósito Legal establecido en el artículo 7o de la Ley 44 de 1993 y regulado por el Decreto número 460 de 1995 en sus artículos 22 y siguientes, se amplíe en dos copias: una que se entrega a la Biblioteca Nacional como se viene haciendo de conformidad al artículo 25, literal (e), y la otra copia a la Radiodifusora Nacional de Colombia ya que esta es la entidad encargada de difundir en el ámbito nacional e internacional programas informativos, culturales y noticiosos de nuestro país a través de sus tres emisoras en las siguientes frecuencias 570 AM, 99.1 FM, y 95.9 FM.