Política

No. Senado: 03/04

Por el cual se modifica el artículo 176 de la Constitución Nacional.

José Renán Trujillo García
Liberal Colombiano
Francisco Rojas Birry
Alianza Social Independiente
Gerardo Antonio Jumi Tapias
Polo Democrático Alternativo
Jesús Antonio Bernal Amorocho
Polo Democrático Alternativo
Luis Carlos Avellaneda Tarazona
Polo Democrático Alternativo

Otros autores del proyecto

Estado actual: Archivado por Vencimiento de Términos Diciembre 16 de 2004

Sinópsis

La Cámara de Representantes se elegirá en circunscripciones territoriales, circunscripciones especiales y una circunscripción internacional. Habrá dos representantes por cada circunscripción territorial y uno más por cada doscientos cincuenta mil habitantes o fracción mayor de ciento veinticinco mil que tengan en exceso sobre los primeros doscientos cincuenta mil. Para la elección de representantes a la Cámara, cada departamento y el Distrito Capital de Bogotá conformarán una circunscripción territorial. La ley podrá establecer una circunscripción especial para asegurar la participación en la Cámara de Representantes de los grupos étnicos y de las minorías políticas. Mediante esta circunscripción se podrá elegir hasta cuatro representantes. Para los colombianos residentes en el exterior existirá una circunscripción internacional. En ella, solo se contabilizarán los votos depositados fuera del territorio nacional por ciudadanos residentes en el exterior.

Julio 27 de 2004
Radicado
Agosto 06 de 2004
Publicación
Gaceta 408/04
Diciembre 16 de 2004
Archivado por Vencimiento de Términos