La presente ley tiene como objeto prohibir la importación y movimiento transfronterizo hacia Colombia de los residuos peligrosos contemplados en el Convenio de Basilea y los referidos en la legislación vigente. Para lo anterior modifica los artículos 3 y 5 de la ley 340 de 1998, además de otorgar responsabilidades al Ministerio de Ambiente y Vivienda, al Ministerio de Comercio Exterior y a la DIAN, además de dictar otras disposiciones relacionadas con el objeto de esta ley.