Declara el día 7 de julio de los años venideros, como el Día Nacional del Microempresario. El Gobierno Nacional, en un término no superior a 6 meses deberá definir una política pública específica en la materia, en la cual se contemplen beneficios y subsidios dirigidos a incentivar este sector de la economía. El Gobierno Nacional, por medio del Ministerio de Industria y Comercio como homenaje al microempresario durante este mes, programará actividades de capacitación y promoción de la fami, pequeña y mediana industria colombiana, especialmente, ruedas nacionales e internacionales de negocios y ferias microempresariales en el nivel departamental y municipal, para lo cual apropiará los recursos necesarios para tal fin.