En materia de lucha contra la corrupción, los artículos 1º del proyecto de ley proponen de una parte, que los contratos derivados de la celebración de contratos o convenios interadministrativos y ejecutados por las administraciones públicas cooperativas y asociaciones conformadas por entidades territoriales se rijan por lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, con el fin de acabar con la práctica de estas entidades que valiéndose de las ventajas que comporta para la selección y entrega de recursos tener el carácter de entidad estatal por vía de los llamados convenios interadministrativos y a pesar de no contar con la idoneidad y experiencia requerida para la ejecución de contratos, se han venido convirtiendo en los grandes contratistas del Estado, en especial a nivel territorial.