Política

Número de Cámara: 219/04

Por la cual se desarrolla la participación, consulta y concertación de los grupos étnicos.

Lorenzo Almendra Velasco
Autoridades Indígenas de Colombia AICO
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2004

Sinópsis

En todos los espacios de representación y concertación de las ramas y órganos del poder público en que se definan políticas y acciones que afecten o interesen a los grupos étnicos, habrá presencia decisoria en un porcentaje mínimo del 51% de los representantes de las etnias afectadas e interesadas, a fin de garan tizar la protección y reconocimiento de la diversidad étnico-cultural. Para todos los casos previstos en esta ley, serán las Autoridades tradicionales y Organizaciones Nacionales Indígenas y/o las Consultivas (Organizaciones de base) y Consejos Comunitarios de las Comunidades Negras, los representantes de los grupos étnicos con quienes consultará y concertará el Gobierno.

Marzo 16 de 2004
Radicado
Marzo 19 de 2004
Publicación
Gaceta 87/04
Mayo 05 de 2004
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 193/04
Junio 20 de 2004
Archivado por Tránsito de Legislatura