Tiene por objeto prohibir la introducción, importación o tráfico de residuos peligrosos al territorio nacional, así como consagrar principios y lineamientos para la gestión integral de los residuos peligrosos generados en el país y la infraestructura de la que deben estar dotadas las autoridades aduaneras, las zonas francas y portuarias, con el fin de detectar de manera técnica y científica la introducción de estos residuos y aplicar las sanciones a que haya lugar. Para lo anterior dicta disposiciones de prohibición, principios rectores de la gestión integral de los residuos peligrosos, definiciones y criterios, además de lineamientos de gestión integral de residuos y desechos peligrosos, responsabilidad, vigilancia y control.