Para el descanso remunerado del seis de enero, diecinueve de marzo, Ascensión del Señor y Sagrado Corazón de Jesús se trasladarán a la semana en que se celebra el Jueves y Viernes Santo iniciando el lunes anterior a estos días, incluyendo el sábado siguiente al Viernes Santo. Así mismo, el descanso remunerado de Corpus Cristi, 29 de junio, 15 de agosto, 12 de octubre, 1º de noviembre, 11 de noviembre, pasarán a la primera semana del mes de enero, iniciando el 2 de enero.