Política

No. Senado: 86/03

Por la cual se modifica el artículo 384 de la Ley 599 de 2000.

Omar Yepes Alzate
Conservador Colombiano
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2004

Sinópsis

Quiso el Congreso que, una vez configurados los eventos, la agravación de duplicar las penas se aplicara sobre sus mínimos, pero no advirtió aquellos casos en los que el doble de la pena mínima puede igualar o superar el máximo legal. Esta ambigüedad fue desatada por la Corte con una decisión que preserva la norma pero que restringe su alcance al límite entendido que en ningún caso podrá ser aplicada una pena que supere el máximo fijado en la ley para cada delito

Agosto 21 de 2003
Publicación
Gaceta 424/03
Mayo 11 de 2004
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 191/04
Junio 20 de 2004
Archivado por Tránsito de Legislatura