El presente proyecto de ley pretende modificar la ley 430 de 198, relacionada con la importación y exportación de residuos peligrosos. Específicamente, modifica los artículos 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, y 9 de la ley en cuestión, además de adicionar definiciones en cuanto lo que se entiende como desastre, emergencia, existencias, gestor de residuos peligrosos, gestión interna, gestión externa, hidrocarburos de desecho, residuo peligroso, residuo nuclear, residuos desclasificables, residuos de baja actividad, residuos de media actividad y residuos de alta actividad, además de dictar otras disposiciones relacionadas con el objeto de esta ley.