Las Partes promoverán y desarrollarán la cooperación en el campo de la educación y la cultura, principalmente, por medio de intercambio de información y documentación, material educativo -incluyendo material audiovisual, sobre los sistemas educativos de los dos países- intercambio de experiencias en los campos de la educación y el desarrollo de contactos entre establecimientos de educación y otras organizaciones de carácter educativo que contribuyan al desarrollo de proyectos comunes.