Política

No. Senado: 244/09

Por medio de la cual se dictan normas en materia de rentabilidad mínima obligatoria de los fondos de pensiones y cesantías, de portafolios de los fondos de cesantíasy se establece una garantía para mantener el poder adquisitivo constante de los aportes efectuados a los fondos de pensiones.

Óscar de Jesús Marín
Liberal Colombiano
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2009

Sinópsis

el estudio del proceso pensional y de cesantías que es de inigualable importancia, consistente en el manejo y administración de los recursos que los colombianos depositan en los fondos para garantizar su pensión y los patronos para garantizar la cesantía; estos recursos son especialmente protegidos pues conservan caracteres como la inembargabilidad, la sostenibilidad y la capacidad adquisitiva.

La incertidumbre generada por la volatilidad de los rendimientos que por ley se garantiza a los ahorradores de los Fondos de Pensiones y Cesantías; es una constante preocupación para ellos y para la sociedad colombiana. En los últimos años se ha demostrado firmemente las pérdidas que los ahorradores sobrellevan por las condiciones financieras que padece el país, donde la caída monetaria de la economía, afecta de manera directa los Fondos de Pensiones y Cesantías.

La poca rentabilidad de los dineros ahorrados por los colombianos en las diferentes entidades financieras, han causado males de tal magnitud que los ahorradores han llevado sus dineros a otras esferas de ahorro, con las consabidas consecuencias nefastas para ellos, esto hace imperativo buscar mecanismos para brindar seguridad y rentabilidad a los recursos de los colombianos.

Febrero 17 de 2009
Radicado
Febrero 23 de 2009
Publicación
Gaceta 75/09
Junio 20 de 2009
Archivado por Tránsito de Legislatura