El presente proyecto de ley tiene como finalidad modificar los numerales 2 y 3 del artículo 2° del Decreto 2790 de 2003, "por el cual se definen las actividades de alto riesgo para la salud del trabajador y se modifican y señalan las condiciones, requisitos y beneficios del régimen de pensiones de los trabajadores que laboran en dichas actividades".
Modifíquese los numerales 3 y 4 del artículo 2° del Decreto 2090 de 2003, los cuales quedarán así: Trabajos con exposición a radiaciones ionizantes de forma permanente, por encima de las dosis máximas admisibles o por encima de las dosis total acumuladas, o por encima de las concentraciones máximas permisibles o valores límites permisibles. Trabajos con exposición a sustancias comprobadamente cancerígenas de forma permanente, por encima de las dosis máxima admisible o de la dosis total acumulada, o por encima de las concentraciones máximas permisibles o valores límites permisibles.