Política

Número de Cámara: 253/08 No. Senado: 108/08

Por la cual se modifican el numeral 1 del parágrafo del artículo 193 y el numeral 4 del artículo 196 del Decreto 663 de 1993

Carlos Germán Navas Talero
Polo Democrático Alternativo
Alexander López Maya
Polo Democrático Alternativo

Otros autores del proyecto

Estado actual: Sancionado como Ley Diciembre 21 de 2009

Sinópsis

La vigencia de la póliza de seguro de daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito será, cuando menos anual, excepto en seguros expedidos con carácter transitorio para los vehículos que circulen por las zonas fronterizas. Para los vehículos que hayan obtenido la clasificación como automóviles antiguos o clásicos la vigencia de dicha póliza no podrá ser menor a un trimestre.

Agosto 12 de 2008
Radicado
Agosto 15 de 2008
Publicación
Gaceta 529/08
Noviembre 24 de 2008
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 853/08
Noviembre 26 de 2008
Aprobado Primer Debate
Gaceta 879/08 198/09
Diciembre 02 de 2008
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 879/08
Diciembre 15 de 2008
Aprobado Segundo Debate
Gaceta 953/08 223/09
Marzo 26 de 2009
Publicada Ponencia Tercer Debate
Gaceta 191/09 230/09
Mayo 26 de 2009
Aprobado Tercer Debate
Gaceta 465/09 568/10
Junio 09 de 2009
Publicada Ponencia Cuarto Debate
Gaceta 482/09
Junio 18 de 2009
Aprobado Cuarto Debate
Gaceta 563/09 861/09
Octubre 28 de 2009
En Conciliación
Gaceta 1117/09 1130/09
Noviembre 17 de 2009
Aprobada Conciliación
Gaceta 1235/09
Noviembre 24 de 2009
Aprobada Conciliación
Gaceta 09/10
Diciembre 21 de 2009
Sancionado como Ley
Gaceta 18/10