Debatir sobre los efectos medio ambientales de la explotación del carbón en la zona norte de Colombia.
Control Político
Datos
13/07, 15/07 Número de Proposición | 15/11/2007 Fecha de Programación | 15/11/2007 Fecha Realizada |
Senado Cámara | Comisión Quinta de Senado Comisión | Medio Ambiente Tema Principal |
Cuestionario
Pregunta 1: ¿En qué consiste y cuál es el origen de la contradicción entre la exportación de carbón desde la bahía de Santa Marta y Ciénaga y el medio ambiente y la industria del turismo que se desarrolla en Santa Marta, El Rodadero y Ciénaga?
Pregunta 2: Favor remitir el mapa del trazado del tren que va desde la mina La Loma (Cesar) y la ruta de exportación que emplea la Glencore de las minas en Becerril, La Jagua de Ibirico y el Paso, en el Cesar, hasta los puertos de exportación en la bahía de Santa Marta y en Ciénaga. Asimismo, remitir los mapas de ubicación de los puertos de exportación. ¿Cuánto carbón se ha exportado desde su puesta en funcionamiento por los puertos ubicados en la bahía de Santa Marta y en Ciénaga? Favor dar los datos a año a año hasta la fecha.
Pregunta 3: Favor explicar cada uno de los impactos ambientales del transporte en tractocamiones, tren y marítima de la exportación de carbones provenientes de las minas instaladas en el departamento del Cesar. También explicar los impactos ambientales originados en los cambios (trasiego del carbón) de medio de transporte.
Pregunta 4: El problema ambiental producido por el polvillo del carbón en la bahía de Santa Marta y en las playas de Ciénaga ¿se explica por una deficiencia en la licencia ambiental que el Minambiente otorgó o no fue cabalmente tenido presente en los estudios que sirvieron de base para otorgar la licencia ambiental a las empresas que transportan y extraen carbón de las mismas ubicadas en el departamento del Cesar?
Pregunta 5: ¿Qué medidas sancionatorias, de advertencia y de corrección ha tomado el Minambiente con respecto a la situación que se viene presentando, tanto en las zonas aledañas a las minas donde se extrae carbón en el Cesar como en el bahía de Santa Marta y en Ciénaga? En la respuesta, favor discriminar las acciones del Minambiente referentes a las minas de carbón de las relacionadas con la bahía de Santa Marta y Ciénaga.
Pregunta 6: En el supuesto de que el polvillo de carbón arrojado a la bahía de Santa Marta y Ciénaga provocara pérdidas económicas a la industria del turismo que se desarrolla en la bahía de Santa Marta y en Ciénaga y a la propiedad inmobiliaria de esta zona, ¿las empresas transportadoras y productoras de carbón tendrían alguna responsabilidad legal y económica al respecto? ¿Qué dicen las leyes de Colombia sobre indemnizaciones por estos impactos?
Pregunta 7 ¿En la explotación de carbón en el Cesar y en la Guajira, las empresas que allí operan deben restituir las tierras movilizadas para llegar a los mantos de carbón de acuerdo con las licencias ambientales? Desde el inicio de la extracción de carbón en las minas de La Guajira y Cesar ¿cuál es el área que se ha explotado y cuál el área que se ha restituido? En la respuesta, favor discriminar para cada una de las minas del Cesar y de La Guajira.
Pregunta 8: ¿Qué consideraciones tiene el Minambiente sobre el transporte con tractocamiones del carbón del Cesar y que se exporta por el mar Caribe?
Pregunta 9: ¿Cuánto vale la propiedad inmobiliaria vinculada a la industria del turismo en Santa Marta, El Rodadero y Ciénaga amenazada por el deterioro de las playas afectadas por la exportación de carbón? Si esa propiedad se desvalorizara por efectos del daño a las playas que el polvillo del carbón viene causando, ¿quién respondería por tales pérdidas?
Pregunta 10: ¿Aparte de la industria del turismo, qué comunidades que habiten las zonas aledañas a los puertos de carbón en el Caribe están siendo afectadas?
Pregunta 11: ¿Cuántos empleos genera la industria del turismo en Santa Marta, El Rodadero y Ciénaga? ¿Cuántos ingresos genera?
Pregunta 12: ¿Cuál es el problema ambiental que causa el ferrocarril que transporta el carbón proveniente de las minas ubicadas en el Cesar?.
Respuesta
Respuesta del Ministerio de Ambiente al cuestionario anterior.
Pregunta 1: ¿En qué consiste y cuál es el origen de la contradicción entre la exportación de carbón desde la bahía de Santa Marta y Ciénaga y el medio ambiente y la industria del turismo que se desarrolla en Santa Marta, El Rodadero y Ciénaga?
Respuesta:
La “presunta contradicción” radica en que quienes se oponen al tema indican que las dos actividades son incompatibles, en tanto que los puertos de carbón generan afectación entre otras, a las zonas de playa que utilizan los turistas. No obstante lo anterior y sobre el tema particular es importante precisar lo siguiente:
El Consejo del Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta expidió el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) a través del Acuerdo No. 005 del 2000, con el cual en el que define el área de Puerto Zúñiga (actual puerto PRODECO) como una zona industrial y portuaria y busca una estrategia de desarrollo sostenible para el denominado “Corredor Múltiple Litoral” al sur de la ciudad, con su corredor turístico costero y su proyecto unitario integrado de exportación de carbón.
Los puertos que actualmente existen en la zona, fueron autorizados por las autoridades ambientales regionales e incluso antes de la Ley 99 de 1993, bajo un escenario socio ambiental muy diferente al que se presenta en este momento, es decir, con menor desarrollo en la actividad portuaria y específicamente exportadora de carbón y un turismo menos extendido.
Este Ministerio a través de instrumentos y mecanismos como el seguimiento ambiental y del convenio de producción más limpia, suscrito entre el sector exportador de carbón, las entidades públicas, el sector hotelero y representantes de las comunidades de Ciénaga y del Distrito Turístico de Santa Marta, ha propendido por la optimización del manejo de las actividades portuarias carboníferas, involucrando las etapas de cargue, transporte, descargue, almacenamiento y embarque final como se describirá más adelante.
Pregunta 2: Favor remitir el mapa del trazado del tren que va desde la mina La Loma (Cesar) y la ruta de exportación que emplea la Glencore de las minas en Becerril, La Jagua de Ibirico y el Paso, en el Cesar, hasta los puertos de exportación en la bahía de Santa Marta y en Ciénaga. Asimismo, remitir los mapas de ubicación de los puertos de exportación. ¿Cuánto carbón se ha exportado desde su puesta en funcionamiento por los puertos ubicados en la bahía de Santa Marta y en Ciénaga? Favor dar los datos a año a año hasta la fecha.
Respuesta:
Se anexan tres (3) planos, uno con el trazado de la línea férrea de la mina de la Loma a Santa Marta, otro con las rutas férreas y carreteras empleadas para el transporte de carbón del Departamento del Cesar a los Puertos del departamento del Magdalena y un plano con la ubicación de los puertos que exportan carbón en el país.
La Superintendecia de Puertos y Transporte que es la entidad encargada de llevar el registro detallado y oficial de esta información nos ha remitido el siguiente cuadro con la estadística de la exportación de carbón a granel desde el año 1995.
Zona Portuaria | Sociedad portuaria | Año | Toneladas |
Cienaga | Drummond Ltda. | 1995 | 965.441,17 |
Cienaga | Drummond Ltda. | 1996 | 3.980.028,56 |
Cienaga | Drummond Ltda. | 1997 | 5.055.297,39 |
Cienaga | Drummond Ltda. | 1998 | 6.455.132,00 |
Cienaga | Drummond Ltda. | 1999 | 6.754.400,31 |
Cienaga | Drummond Ltda. | 2000 | 8.677.643,16 |
Cienaga | Drummond Ltda. | 2001 | 13.951.510,71 |
Cienaga | Drummond Ltda. | 2002 | 12.788.687,66 |
Cienaga | Drummond Ltda. | 2003 | 16.414.473,50 |
Cienaga | Drummond Ltda. | 2004 | 19.211.839,78 |
Cienaga | Drummond Ltda. | 2005 | 22.021.420,56 |
Cienaga | Drummond Ltda. | 2006 | 20.239.779,70 |
Cienaga | Drummond Ltda. | 2007 | 17.452.571,66 |
Santa Marta | Spr Santa Marta | 1994 | 195.044,00 |
Santa Marta | Spr Santa Marta | 1995 | 762.041,00 |
Santa Marta | Spr Santa Marta | 1996 | 956.892,07 |
Santa Marta | Spr Santa Marta | 1997 | 1.185.662,50 |
Santa Marta | Spr Santa Marta | 1998 | 1.088.980,45 |
Santa Marta | Spr Santa Marta | 1999 | 869.891,34 |
Santa Marta | Spr Santa Marta | 2000 | 974.925,94 |
Santa Marta | Spr Santa Marta | 2001 | 1.234.798,30 |
Santa Marta | Spr Santa Marta | 2002 | 1.039.884,17 |
Santa Marta | Spr Santa Marta | 2003 | 1.455.495,93 |
Santa Marta | Spr Santa Marta | 2004 | 2.280.528,98 |
Santa Marta | Spr Santa Marta | 2005 | 1.821.266,74 |
Santa Marta | Spr Santa Marta | 2006 | 2.408.744,00 |
Santa Marta | Spr Santa Marta | 2007 | 3.151.043,00 |
Santa Marta | C.I. Productos De Colombia S.A. | 1994 | 1.842.528,63 |
Santa Marta | C.I. Productos De Colombia S.A. | 1995 | 1.405.399,71 |
Santa Marta | C.I. Productos De Colombia S.A. | 1996 | 2.731.546,00 |
Santa Marta | C.I. Productos De Colombia S.A. | 1997 | 3.900.542,26 |
Santa Marta | C.I. Productos De Colombia S.A. | 1998 | 3.263.896,57 |
Santa Marta | C.I. Productos De Colombia S.A. | 1999 | 1.813.066,85 |
Santa Marta | C.I. Productos De Colombia S.A. | 2000 | 1.359.968,23 |
Santa Marta | C.I. Productos De Colombia S.A. | 2001 | 1.410.030,52 |
Santa Marta | C.I. Productos De Colombia S.A. | 2002 | 504.465,19 |
Santa Marta | C.I. Productos De Colombia S.A. | 2003 | 1.996.438,15 |
Santa Marta | C.I. Productos De Colombia S.A. | 2004 | 2.417.878,23 |
Santa Marta | C.I. Productos De Colombia S.A. | 2005 | 4.103.035,59 |
Santa Marta | C.I. Productos De Colombia S.A. | 2006 | 5.976.822,64 |
Santa Marta | C.I. Productos De Colombia S.A. | 2007 | 4.941.536,41 |
Pregunta 3: Favor explicar cada uno de los impactos ambientales del transporte en tractocamiones, tren y marítima de la exportación de carbones provenientes de las minas instaladas en el departamento del Cesar. También explicar los impactos ambientales originados en los cambios (trasiego del carbón) de medio de transporte.
Respuesta:
Para responder este pregunta, se utilizó la “Guía de Transporte de Carbón” elaborada por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Minercol y Ministerio de Transporte en el año 2004.
Primero es pertinente aclarar que el carbón mineral, se trata de un sólido que se transporta a granel, en diferentes granulometrías (tamaño de partículas).
Los impactos que se derivan de la actividad del transporte están relacionados con la infraestructura que se utiliza como: tipo de vías (privada, municipal, nacional), red férrea, red fluvial o marítima y los equipos cuyas características son: capacidad, diseño, eficiencia, mantenimiento, operadores, condiciones de seguridad, identificación, señalización, organización empresarial, documentación.
A continuación se relacionan los principales impactos de cada uno de los medios de transporte:
1. TRANSPORTE CARRETERO
Los principales efectos ambientales “tipo“, asociados con el transporte carretero de carbón y generados comúnmente por procedimientos ineficientes o utilización de equipos inadecuados, son: la emisión y/o caída de partículas de carbón a los corredores viales, el cual se hace perceptible dado el color negro del mineral, con el consecuente impacto paisajístico; alto riego de accidentes, caída de trozos que impacten otros vehículos, perdida de movilidad por el incremento de ocupación y tránsito promedio diario (TPD) en las denominadas rutas del carbón, generación de ruido y vibraciones, la limitada capacidad de carga en cada vehículo (máximo 35 t.), lo que obliga a destinar un gran parque automotor pesado, que genera volúmenes de gases contaminantes, consumo de combustible, incremento de emisión de material particulado en vías destapadas, deterioro vial entre otros.
El carbón se transporta por rutas que son una combinación de troncales, transversales, caminos vecinales y mineros, con variadas especificaciones de diseño, construcción y mantenimiento, para las cuales el uso real en muchos casos supera las especificaciones. Por este sistema se moviliza aproximadamente el 45% del carbón producido.
En Colombia no existen carreteras privadas alternas para transportar carbón, como ocurre en otros países desarrollados. Se utilizan las carreteras públicas, las cuales, en general, con el tiempo se convierten en un foco para creación de nuevas comunidades en sus costados, que buscan mejores oportunidades de vida, con los consecuentes efectos sobre el medio ambiente por la presión sobre los recursos naturales y la falta de planeación urbana.
Son efectos positivos de esta modalidad de transporte, que dado el alto numero de vehículos que requiere genera fuentes de empleo e ingresos para empresas y pequeños propietarios de vehículos de carga, adicionalmente y de forma indirecta inyecta a la economía local ingresos provenientes de venta y manejo de combustibles, talleres, hoteles, restaurantes.
2. TRANSPORTE FÉRREO
En el transporte por vía férrea desde la mina hasta el puerto, se han identificado como efectos ambientales “tipo“ la vibración, el ruido, la emisión de partículas de carbón, el consumo de combustible, la migración de personas hacia la zona de influencia del proyecto (invasión del derecho de vía) y los accidentes, entre otros.
Son efectos positivos de esta modalidad de transporte, la reducción en el consumo de combustibles fósiles, la consecuente reducción de emisiones atmosféricas, el bajo riesgo de accidentes, la ganancia de movilidad vial por la disminución de la ocupación y tránsito promedio diario (TPD) en las denominadas rutas del carbón, mayor eficiencia en la movilización de carga. Es un sistema corredor exclusivo de transporte que reduce las interacciones con las comunidades y no genera ocupación de espacio público.
3. TRANSPORTE EN BARCAZAS
En la actualidad, se utiliza la modalidad de transporte fluvial de carbón aprovechando el tramo navegable del Río Magdalena. El transporte por este sistema implica el cargue y descargue de barcazas, que viajan impulsadas por remolcadores en convoy o conjuntos de 4 a 10 unidades a una velocidad aproximada entre 5 y 12 km/h, según la capacidad y la dirección del recorrido.
Por otro lado la modalidad de transporte marítimo con barcazas se realiza desde hace aproximadamente doce años, durante 24 horas al día por los puertos de Drummond, Sociedad Portuaria Río Córdoba y Prodeco; Carbosan desde que implementó el sistema de cargue directo en el año 2004 no utiliza barcazas. En este período se han presentado seis (6) incidentes de hundimiento de barcazas.
Los principales efectos ambientales “tipo“ adversos asociados con el transporte en barcaza son la emisión de material particulado, las restricciones del volumen de carga durante el verano para el caso del río Magdalena (por reducción de calado con el consecuente incremento en el número de barcazas y en el consumo de combustible), riesgo de caída de carbón al mar o al río durante el cargue y descargue o en el evento de un hundimiento por condiciones climáticas.
Son efectos positivos de esta modalidad de transporte, utilización de la hidrovía río Magdalena, estimulo al transporte multimodal(carretero, férreo y fluvial) la reducción en el consumo de combustibles fósiles, la consecuente reducción de emisiones atmosféricas, el bajo riesgo de accidentes por colisión, la ganancia de movilidad vial por la disminución de la ocupación y tránsito promedio diario (TPD) en las denominadas rutas del carbón, mayor eficiencia en la movilización de carga; adicionalmente no genera ocupación de espacio público.
4. Trasiego de carbón
Los principales efectos ambientales “tipo“, asociados con el trasiego del carbón son: la emisión de material particulado, la caída de carbón al medio marino y fluvial y el consumo de agua para su control.
A pesar de todo lo anterior, estas actividades se pueden controlar dentro de las instalaciones industriales y/o portuarias diseñadas para esta actividad de la Mina o del Puerto con las siguientes medidas de manejo:
- Supresores mecánicos de polvo en las estaciones de descarga del tren.
- Sistema de cubierta y confinamiento para bandas transportadoras, tanto terrestres como marinas.
- Sistema supresor de polvo húmedo conformado por boquillas nebulizadoras de agua.
- Humedecimiento por aspersión de agua en todos los puntos de transferencia.
- Cargue directo a bodegas de barcazas y buques mediante deflector.
- Estructuras tipo pantalla en el sistema volteador de vagones o de camiones y humectación.
Pregunta 4: El problema ambiental producido por el polvillo del carbón en la bahía de Santa Marta y en las playas de Ciénaga ¿se explica por una deficiencia en la licencia ambiental que el Minambiente otorgó o no fue cabalmente tenido presente en los estudios que sirvieron de base para otorgar la licencia ambiental a las empresas que transportan y extraen carbón de las mismas ubicadas en el departamento del Cesar?
Respuesta:
Al respecto, este Ministerio considera pertinente aclarar los siguientes aspectos:
Los puertos que actualmente se encuentran en operación en el Distrito Turístico de Santa Marta, y Ciénaga, tenían viabilidad ambiental otorgada por CORPAMAG y el INDERENA, bajo la denominada “Declaratoria de Efecto Ambiental” prevista por el Decreto - Ley 2811 de 1974 (Código de Recursos Naturales), al igual que la concesión portuaria.
El Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial, en ejercicio de las funciones otorgadas a partir de la promulgación de la Ley 99 de 1993 ha realizado el seguimiento ambiental a los proyectos y haestablecido medidas de manejo adicionales para mitigar y controlar los impactos ambientales que genera su operación.
Las autoridades ambientales que en su momento otorgaron la viabilidad ambiental a estos proyectos lo realizaron bajo un escenario socio ambiental que ha evolucionado mucho a la fecha, es decir con menor desarrollo en la actividad portuaria y específicamente exportadora de carbón y un turismo menos extendido, es por esto que este Ministerio a través de instrumentos y mecanismos como el seguimiento ambiental y del convenio de producción más limpia, suscrito entre el sector exportador de carbón, las entidades públicas, el sector hotelero y representantes de las comunidades de Ciénaga y del Distrito Turístico de Santa Marta, ha propendido por la optimización del manejo de las actividades portuarias carboníferas, involucrando las etapas de cargue, transporte, descargue, almacenamiento y embarque final.
Pregunta 5: ¿Qué medidas sancionatorias, de advertencia y de corrección ha tomado el Minambiente con respecto a la situación que se viene presentando, tanto en las zonas aledañas a las minas donde se extrae carbón en el Cesar como en el bahía de Santa Marta y en Ciénaga? En la respuesta, favor discriminar las acciones del Minambiente referentes a las minas de carbón de las relacionadas con la bahía de Santa Marta y Ciénaga.
Respuesta:
El Gobierno Nacional y el Subsector del Carbón han venido trabajado conjuntamente desde el año 1996 cuando se suscribió el “Convenio de Concertación entre Autoridades Ambientales y el Subsector Carbonífero”, en el cual se incluyeron como objetivos la adopción de procedimientos, tecnologías y estrategias para la optimización del uso de los recursos naturales, la reducción de las cargas contaminantes, la reutilización o reciclaje de subproductos en todas las actividades, procesos y operaciones que se desarrollan en la industria del carbón y el reconocimiento de su compromiso ambiental.
En cumplimiento de estos compromisos, el Ministerio de Medio Ambiente (Hoy Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial), Ministerio de Minas y Energía, Ministerio de Transporte y los gremios del sector, formularon las guías ambientales para puertos carboníferos, con las cuales se busca promover una planificación de la gestión ambiental del sector portuario – carbonífero, y la Guía Ambiental para el Transporte de Carbón de 2004.
Adicionalmente en el año 2004 este Ministerio lidera la suscripción del CONVENIO DE CONCERTACIÓN PARA UNA PRODUCCIÓN MÁS LIMPIA EN EL SECTOR PORTUARIO CARBONÍFERO DE SANTA MARTA Y CIÉNAGA DEPARTAMENTO DE MAGDALENA, que pretende establecer parámetros de manejo ambiental tendiente a lograr mayores estándares a los previstos en la normatividad para:
§ Apoyar acciones concretas y precisas que conduzcan a la optimización de la gestión ambiental pública y privada, en el manejo de las actividades portuarias carboníferas, involucrando las etapas de cargue, transporte, descargue, almacenamiento, beneficio y embarque final.
§ Adoptar mejores prácticas de manejo ambiental orientadas a prevenir, minimizar, reducir y controlar los impactos y riesgos ambientales en la operación de los puertos carboníferos de Santa Marta y Ciénaga – Magdalena, optimizar el uso racional de los recursos naturales, mejorar la competitividad empresarial interna y externa bajo el mandato del desarrollo humano sostenible y posibilitar la coexistencia con su entorno.
Igualmente el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial con los Ministerios de Transporte y de Minas, expidieron el Decreto 3083 de 2007, en el cual se establece la obligatoriedad del cargue directo para todos los puertos marítimos del país a partir del 2010, las medidas ambientales exigidas en el almacenamiento y la regulación del modo de transporte de carbón en nuevos proyectos.
Adicionalmente el Gobierno Nacional después de efectuar el análisis de la situación del turismo y el carbón en la Bahía de Santa Marta mediante Comunicado 043 de septiembre 20 de 2007 de la Presidencia de la República, tomó las siguientes decisiones:
“1. De acuerdo con el Decreto No. 3083 del 15 de agosto de 2007, a partir del primero de julio de 2010 los puertos de carbón estarán obligados al cargue directo con la construcción de las instalaciones apropiadas. Desaparecerá el cargue indirecto en barcazas, procedimiento que está afectando al sector turístico.
2. El Gobierno solicitará a los exportadores de carbón la reubicación de las zonas de fondeo hacia el suroccidente, para reducir la contaminación visual de la Bahía.
3. El puerto de Prodeco operará hasta el 2009, año en el que termina su concesión. La exportación de carbón por la Sociedad Portuaria de Santa Marta se permitirá hasta el año 2013.
4. No se autorizará el tránsito del tren al puerto de Prodeco, hasta tanto no se realice la obra de paso a desnivel para el acceso a la zona turística y la adecuación de la vía de servicio. Una vez entre en operación el tren, se eliminará el ingreso de 700 tractomulas de 1.200 que diariamente transitan hacia Santa Marta.
5. El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial realizará monitoreo ambiental que permita el control de emisiones en el transporte férreo.
6. El Gobierno acompañará la ejecución a corto plazo de la variante carretera y férrea entre la Quebrada El Doctor y el Puerto de Santa Marta, que evitará el ingreso de tractomulas a la ciudad.”
SECTOR PORTUARIO
El MAVDT ha venido requiriendo la mejora de procesos, tecnologías y de las medidas de manejo ambiental tanto de tipo preventivo como correctivo, con el fin de garantizar una mejora de la calidad ambiental, en los puertos carboníferos de Santa Marta, Ciénaga y el Rodadero entre las más importantes están:
· Implementación del sistema hidráulico de volcadores para descargue de tractomulas
· Mejoramiento de los sistemas de tratamiento de aguas de los patios de almacenamiento
· Control de altura de las pilas de carbón
· Implementación de sistemas de humectación
· Cubrimiento de bandas transportadoras
· Siembra y mantenimiento de barreras vivas internas y perimetrales
· Optimización del transporte terrestre y férreo del carbón de la mina al buque
· Disminuir la altura de las pilas de carbón en la barcaza
· Lavado de tractomulas al finalizar el descargue
· Cambiar el color de barcazas para mimetismo
· Sustitución gradual del cargue indirecto con barcazas
· Implementación del sistemas de cargue directo con banda transportadora
Desde la perspectiva social, el MAVDT ha venido efectuando requerimientos a las empresas operadoras de puertos que manejen carbón, orientados a minimizar los posibles impactos ocasionados por esa actividad y referidos fundamentalmente al establecimiento de canales abiertos de comunicación con las comunidades aledañas a los puertos, mediante programas de información y comunicación, así como de la recepción y atención de las quejas, reclamos e inquietudes de estas comunidades; dar prioridad en la contratación laboral al personal de la región; educación ambiental para los empleados y para las comunidades vecinas. Del mismo modo, en relación con las comunidades cercanas a las instalaciones portuarias, principalmente las comunidades de pescadores artesanales, el MAVDT efectúa requerimientos relacionados con el establecimiento de programas de compensación y apoyo.
A continuación se mencionan las medias ambientales solicitadas a cada puerto
1. AMERICAN PORT COMPANY INC. – DRUMMOND LTD.
A partir de la Resolución 0152 /97, en la cual se establecen las obligaciones relacionadas con las medidas de manejo ambiental, el puerto implementa las siguientes actividades:
· Se cambia el sistema de transporte desde la mina por tractomulas a transporte férreo.
· Se instala el sistema de descargue de vagones con humectación para evitar la emisión de material particulado.
· Se instala una banda transportadora cerrada desde el sistema de descargue de vagones hasta el cargue de barcazas, el cual maneja directamente el 75 % del carbón que llega al puerto y el 25 % del carbón restante se almacena en patios.
· Implementación de un sistema de humectación en patios con la utilización de camiones cisternas con sistema tipo flauta.
· Instalación de barreras vivas en las zonas circundantes al puerto
· Irrigación de vías internas.
· Implementación del sistema de tratamiento de aguas residuales provenientes del patio de almacenamiento, consistentes en 7 piscinas de retención de sólidos y una piscina de sedimentación y estabilización.
· Monitoreo a través de una red de calidad del aire interna
· Monitoreo de calidad de del aire en la zona a través de la red de calidad operada por CORPAMAG desde 1999.
· Cargue de barcazas por medio de un Shut telescópico provisto de sistema de humectación de carbón
· Estudio de la estabilidad de la línea de costa por efecto espolón de los muelles.
§ Marzo de 2006: Requiere a la Sociedad para que en el término de 1 mes instale una trampa de grasas en el sector de lavado de vehículos, instalar cárcamos en el sector de suministro de lubricantes, presentar informe de dragados ejecutadas en el año 2005. Requiere para que realice un análisis mineralógico y granulométrico de las muestras de calidad de aire
§ Junio de 2006: Requiere a la empresa para que en el término de 1 mes realice el mantenimiento del canal colector de las aguas de escorrentía y de las alcantarilla de cruce, mantenimiento de las cunetas de drenaje de las vías del área de talleres, para que presente PMA actualizado.
§ Mediante Resolución 1286 de julio de 2007 el Ministerio de Ambiente requiere a la compañía AMERICAN PORT COMPANY INC, para que de inicio al nuevo sistema de cargue directo al buque el cual deberá estar implementado y en operación a más tardar el 1 de julio de 2010
§ Septiembre de 2007 se requiere a la empresa para que realice la presentación del diagnóstico de la situación ambiental, para que efectúe anualmente un monitoreo granulométrico y mineralógico de sedimentos marinos en el área de fondeo, incluyendo los resultados en los informes anuales de cumplimiento ambiental. El primer monitoreo de sedimentos marinos se deberá realizar en el mes de octubre de 2007.
SANCIONATORIO:
§ Octubre de 2006: Resolución No. 2073 del 23 de octubre de 2006, este Ministerio impone una medida preventiva consistente en la presentación de un estudio ambiental y social donde se establezcan los impactos ambientales que se han generado durante la operación del puerto por el manejo de un volumen mayor al evaluado inicialmente y establecido en la licencia ambiental; abre investigación de carácter sancionatorio ambiental y formula un cargo único por haber movilizado mas de 10 millones de toneladas anuales de carbón sobrepasando los límites autorizados en la Resolución No. 452 del 3 de mayo de 1996.
· Julio de 2007: Se establece una multa por trescientos (300) salarios mínimos mensuales legales vigentes. La empresa no ha presentado la actualización del PMA solicitado dentro de la medida preventiva.
2. CARBOSAN LTDA
- Agosto de 1995 el MAVDT requirió a la empresa CARBOANDES, hoy CARBOSAN, para que implementara entre otras las siguientes medidas: un sistema de nebulizadores en la tolva o en la banda transportadora, obras para captar las aguas de lavado de las tractomulas y las aguas lluvias en los patios de acopio, crear un plan para el manejo de los residuos sólidos y localizar una nueva zona de fondeo para los buques de carga de carbón.
- Mayo de 1997 el MAVDT impuso las siguientes obligaciones a la empresa CARBOANDES,: reparar las tuberías y acoples del tanque de almacenamiento de combustibles, cubrir los patios de almacenamiento de carbón o construir barreras para mitigar el transporte de polvillo de carbón, cubrir en su totalidad la banda transportadora, construir canales perimetrales para recepción de aguas de escorrentía, implementar un sistema de riego de las pilas de carbón y presentar un informe trimestral de los programas de monitoreo y seguimiento a la calidad del agua y el aire.
- Diciembre de 1998 el MAVDT estableció un Plan de Manejo Ambiental para las operaciones portuarias de la Sociedad CARBOANDES, en el Terminal Marítimo de Santa Marta, el cual incluyó la renovación tecnológica consistente en el sistema de cargue directo.
- Noviembre de 2002 el MAVDT impuso la medida preventiva de suspensión de las actividades portuarias de carbón y abrió investigación sancionatoria contra CARBOSAN por violación de las disposiciones pertinentes y por el hundimiento en la Bahía de Santa Marta de una barcaza cargada con carbón.
- Diciembre de 2002 el MAVDT levanta la medida preventiva de suspensión de actividades portuarias de acopio, cargue, transporte en barcaza y descargue de carbón en las instalaciones portuarias de carbón. Se deberá dar cumplimiento a los compromisos propuestos por CARBOSAN LTDA y las obligaciones impuestas por este Ministerio.
- Febrero de 2004 se establece un plazo para la entrada en operación de todos los equipos del cargue directo.
- Enero de 2005 No se autoriza la utilización de los cerros para aumentar la capacidad de almacenamiento, del terminal marítimo de Santa Marta
§ Octubre de 2005 se impone la obligación a CARBOSAN de controlar las emisiones fugitivas de material particulado generadas durante el transporte, cargue y almacenamiento de carbón.
§ Diciembre 2005: Se requiere la presentación de medidas ambientales adicionales a las establecidas en el PMA, para aumentar el control sobre el material particulado generado. Requiere a la Sociedad para que en el termino de 1 año diseñe y construya un pavimento en el área de parqueo, para que en el termino de 4 meses implemente acciones inmediatas correctivas para intensificar el control de residuos sólidos y líquidos, para que en el próximo informe presente un análisis detallado de los análisis de monitoreo de calidad de aire.
§ Marzo de 2006: La empresa presenta unas medidas de manejo ambiental.
§ Marzo de 2006: El Ministerio no acepta las medidas propuestas por no ser adicionales a las establecidas en el PMA. Requiere a la empresa para que de cumplimiento a la realización del mantenimiento de aguas de escorrentía y adecuar sistema de vertimiento al mar, realizar análisis mineralógico y granulométrico de la calidad de aire, continuar con los programas de Gestión Social
§ Abril de 2006: La empresa presenta recurso de reposición contra la resolución que no acepta las medidas presentadas.
§ Julio de 2006: El Ministerio resuelve el recurso de reposición ratificando la no aceptación de las medidas ambientales adicionales presentadas.
§ Enero de 2007: La empresa presenta nuevas medidas de manejo ambiental
§ Septiembre de 2007 se requiere a a empresa para que construya los canales perimetrales para manejo de aguas de escorrentía en el Patio Ancón, instale miras para el control de la altura de las pilas de almacenamiento de carbón.
SOLICITUD UTILIZACIÓN CERROS:
§ Marzo de 2006: La empresa solicita utilizar los cerros del patio Ancón para recostar las pilas de carbón.
§ Marzo de 2006: Este Ministerio le informa que no se autoriza dicha actividad porque el POT de Santa Marta declara los cerros de preservación y conservación.
§ Febrero de 2007: La empresa remite informe de Planeación Distrital donde informa que los cerros son de uso interinstitucional y pueden ser utilizados para actividades portuarias.
§ Febrero de 2007: Este Ministerio solicita a Ordenamiento Territorial su pronunciamiento al respecto. Pendiente su respuesta.
§ Abril de 2007: Mediante oficio 3100I25508 del 24 de abril de 2007, el cual concluye que “independientemente que si el uso está permitido en la zona, el desarrollo de la actividad solicitada por CARBOSAN está supeditada al análisis del impacto ambiental que genera”. Por lo anterior, y de acuerdo con lo requerido por este Ministerio, la actividad de recostar el carbón sobre los cerros Ancón, no es viable.
§ Septiembre de 2007 mediante resolución 1640 del 7 de septiembre de 2007 se impone una medida preventiva consistente en suspensión de la actividad de almacenamiento de pilas de carbón en el patio “Ancón”; en consecuencia, la empresa deberá efectuar de manera inmediata el retiro y separación de las pilas de carbón de la base de los cerros.
3. C.I. PRODECO S.A.
Por Resolución 546 de 1996 y Resolución 0292 de 2001, el MAVDT estableció el Plan de Manejo Ambiental, por el cual se exigió lo siguiente:
- Transporte del carbón desde la mina, a través de tractomulas carpadas y humectación del carbón en mina.
- Descargue en patios a través de tolva receptora, con sistemas de humectación de carbón
- Sistema hidráulico para el descargue trasero de tractomulas -Truck dump-
- Eliminación de almacenamiento dispersos de carbón para la conformación de una sola área de acopio
- Montaje de sistema de irrigación de las pilas de carbón en patio de acopio mediante sistemas de cañones
- Limitación de la altura de pilas en el patio de almacenamiento a 15 metros
- Construcción de canales perimetrales y sistemas de desarenado para el manejo de aguas de escorrentía,. provenientes de la irrigación de los patios.
- Montaje de sistemas de lavado de tractomulas previo a la salida del puerto
- Implementación de programa de irrigación de vías internas
- Montaje de sistema de bandas transportadoras cerradas de cargue de barcazas desde patio de acopio, para evitar la generación de material particulado
- Construcción de un silo de almacenamiento de carbón para alimentación de bandas transportadoras durante el cargue de barcazas.
- Shut telescópico de cargue a barcazas con sistema de humectación y control de altura de cargue.
- Control en la altura de las pilas de carbón dentro de las barcazas y eliminación de montículos, mediante extendido
- Construcción de baterías sanitarias con sistemas de tratamiento de aguas residuales
- Programa de manejo y selección de residuos sólidos
- Construcción de sistemas de control de aceites en áreas de talleres
- Establecimiento de barreras vivas para el control de material particulado y aislamiento de la zona, especialmente en los límites con el aeropuerto.
- Adecuación de los sistemas de tratamiento de las aguas residuales provenientes de los patios con su respectivo sistema para contingencias.
- Cambio del sistema de cargue de buques utilizando grúas tipo garza con lo cual se optimiza la operación de la almeja para cargue más seguro dándole mayor visibilidad al operario.
- Monitoreo de calidad de del aire en al zona a través de la red de calidad operada por CORPAMAG desde 1999.
- Prodeco realizó un estudio sedimentológico en el lecho marino del área de darsena de maniobras y en la playa del área del proyecto, donde se determino la presencia de un material oscuro constituido por Horblendas y óxidos de Hierro provenientes del materia de arrastre del proceso erosivo de la Sierra Nevada de Santa Marta.
- Se realizó un estudio de afectación del carbón sobre las comunidades bentónicas como consecuencia del hundimiento de la barcaza Lucy durante el paso del huracán Lennin (año 1998)
Abril de 2003: se autoriza la construcción de loop férreo y de sistema de descargue de vagones, se autoriza patio de carbón.
Agosto de 2003 se requiere a C.I PRODECO para que optimice las medidas de manejo ambiental que incluye entre otros implementar una zona de lavado de tractomulas, y mejore los sistemas de tratamiento de aguas residuales.
Octubre de 2005 Imponer a C.I PRODECO la obligación de controlar las emisiones fugitivas de material particulado generadas durante el transporte, cargue y almacenamiento de carbón.
Enero de 2006: Requiere a la empresa para que realice actividades relacionadas con mejorar las condiciones de manejo ambiental del área de talleres, en un término de 6 meses deberá construir un cárcamo y la conducción de aguas de escorrentía de la zona de mantenimiento del área de talleres. Establecer un indicador que relacione la efectividad de la humectación del carbón con la emisión de material particulado. Incluir en los próximos informes evaluación fisicoquímica de las aguas efluentes, avances en los programas sociales, caracterización de todos los residuos generados.
Diciembre de 2006: Se requiere la presentación de medidas ambientales adicionales a las establecidas en el PMA, para aumentar el control sobre el material particulado generado.
Febrero de 2006: interpone recurso de reposición contra el Auto 17/06, solicitando revocar la solicitud de proponer un indicador que relacione la efectividad de la humectación del carbón con respecto al volumen de carbón almacenado y material particulado emitido.
Marzo de 2006: La empresa presenta unas medidas de manejo ambiental.
Junio de 2006: Requiere a la empresa que realice la limpieza y mantenimiento de las alcantarillas que conducen las aguas de las piscinas de sedimentación, y para que retire los residuos provenientes de la demolición de la pasarela y trasladarlos al patio de chatarra del puerto.
Julio de 2006: Este Ministerio no acepta las medidas de manejo adicionales presentadas por no ser adicionales a las establecidas en el PMA.
Julio de 2006: La empresa presenta recurso de reposición contra la resolución que no acepta las medidas propuestas.
Diciembre de 2006: Este Ministerio resuelve el recurso ratificando la no aceptación de las medidas ambientales adicionales presentadas.
Febrero de 2007: La empresa presenta nuevas medidas las cuales se verifican durante el seguimiento ambiental del presente año.
Septiembre de 2007 se requiere a la CI PRODECO para que instale una estructura cortaviento, como medida de protección para el control de material particulado en la zona de la banda transportadora que llega hasta el muelle y para que presente de análisis técnico detallado de los resultados obtenidos en el periodo comprendido entre el mes de enero de 2006 y abril de 2007 en las estaciones de monitoreo localizadas en el área de influencia del puerto (Carbograneles, Aeropuerto y Don Jaca).
4. SOCIEDAD PORTUARIA DE CIÉNAGA.
Resolución 248/98, el MAVDT establece el plan de manejo ambiental, La empresa inicia actividades en junio de 2002
Octubre de 2003 se realizan requerimientos sobre la construcción del proyecto.
Febrero de 2006: Requiere para presente la actualización del PMA, estimación de partículas y gases, humectación de las pilas de carbón. La empresa presenta el documento el cual se verificará durante el seguimiento ambiental del presente año.
Abril de 2006: Requiere a la empresa para que mejore la carpeta asfáltica en vía de acceso a las instalaciones portuarias e instalar señalización, requiere para que previo al inicio de la operación de embarques implemente un programa de humectación en las vías internas.
SANCIONATORIO:
Marzo de 2006: Se ordena a la Sociedad Portuaria de Cienaga S.A. suspensión inmediata de las actividades relacionadas con el almacenamiento y remanejo de carbón para cargue de buques así como las del sistema de volcadores y Abre investigación sancionatoria.
Junio de 2006: Se levanta la medida preventiva por cumplimiento a lo requerido por este Ministerio en relación con la implementación del sistema de humectación en zona de volcadores.
Junio de 2006: Se impone sanción y se declara responsable a la Sociedad Portuaria de Ciénaga por el incumplimiento al PMA en lo referente a la presentación de informes de cumplimiento ambiental y por la disposición de material de dragado en un sitio no autorizado.
SECTOR MINERO
Con respecto a las actividades de minería que se desarrollan en especial en la zona de la Jagua de Ibirico, se han realizado las siguientes acciones:
· Instalación de las mesas de trabajo con las comunidades de la Jagua de Ibirico, El Paso, Becerril, Codazzi y Chiriguaná en temas ambientales, sociales, forestales, de salud, laboral y de vías.
· Declaración de área fuente de contaminación con el fin de reducir la contaminación por emisiones al aire en la zona.
· Instalación y operación de la red de calidad del aire en la zona, la cual cuenta con 11 estaciones.
· Evaluación ambiental estratégica en ejecución.
· Apertura de 22 investigaciones a las diferentes empresas allí establecidas por presuntos incumplimientos en temas de manejo ambiental.
Este Ministerio a través del proceso de seguimiento ambiental a los proyectos activos tanto de Minería como Portuarios carboneros, ha realizado requerimientos de manejo ambiental, impuesto medidas de manejo complementarios y/o adicionales y dado el caso, impuesto a través del tiempo, sanciones administrativas a aquellas empresas que no han cumplido con los trámites administrativos, con las obligaciones derivadas de la Licencias Ambientales o Planes de Manejo vigentes o que hayan generado efectos o impactos negativos sobre el medio natural.
Pregunta 6: En el supuesto de que el polvillo de carbón arrojado a la bahía de Santa Marta y Ciénaga provocara pérdidas económicas a la industria del turismo que se desarrolla en la bahía de Santa Marta y en Ciénaga y a la propiedad inmobiliaria de esta zona, ¿las empresas transportadoras y productoras de carbón tendrían alguna responsabilidad legal y económica al respecto? ¿Qué dicen las leyes de Colombia sobre indemnizaciones por estos impactos?
Respuesta: Este Ministerio en ejercicio de las funciones determinadas en el artículo 5 de la Ley 99 de 1993, no tiene competencia para determinar responsabilidades civiles extracontractuales, legales y/o económicas de las empresas transportadoras y productoras de carbón.
En lo que se refiere a las indemnizaciones derivadas por responsabilidad legal y económica por los impactos causados, corresponde su definición a la jurisdicción ordinaria previa instauración del correspondiente proceso.
Pregunta 7 ¿En la explotación de carbón en el Cesar y en la Guajira, las empresas que allí operan deben restituir las tierras movilizadas para llegar a los mantos de carbón de acuerdo con las licencias ambientales? Desde el inicio de la extracción de carbón en las minas de La Guajira y Cesar ¿cuál es el área que se ha explotado y cuál el área que se ha restituido? En la respuesta, favor discriminar para cada una de las minas del Cesar y de La Guajira.
Respuesta: En relación con la obligación de restituir las tierras movilizadas para llegar a los mantos de carbón me permito precisar:
De acuerdo con la definición del diccionario “Restituir: Restablecer o poner una cosa en el estado que tenía antes”, en este sentido, “las tierras” o material estéril del subsuelo removidos para acceder a los depósitos de carbón deben ser restituidos parcialmente y en diferentes etapas del proyecto.
En la fase de descapote, el estéril (retiro del capote o capa fértil del suelo y de sustratos inferiores a este infértiles hasta la veta o manto de carbón), es llevado a escombreras externas (no hay restitución, en el sentido etimológico de la palabra). Posteriormente, y dependiendo de las condiciones del yacimiento, la morfología del entorno y el planeamiento minero establecido, se tiene un factor (índice de altura) de retrollenado o cantidad de estéril que puede disponerse de nuevo en las áreas excavadas o “pits mineros”
La capa fértil o capote es almacenada en botaderos transitorios especiales para ser reutilizada en el sentido de extenderla sobre las áreas objeto de restauración y poder establecer coberturas vegetales nuevas en las áreas donde ha cesado la actividad minera.
Las licencias ambientales y los planes de manejo establecidos por este Ministerio o por Corpocesar para la explotación de las minas en los departamentos de Guajira y Cesar, no contemplan directamente la definición de estos valores, los cuales deben ser establecidos en los planes mineros objeto de seguimiento por parte de la autoridad minera es decir INGEOMINAS. Es importante resaltar que estas minas vienen operando antes de la Ley 99 de 1993 y por ende este Ministerio a través del seguimiento ambiental ha impuesto medidas para prevenir y mitigar los impactos ambientales generados por la actividad minera.
Igualmente las empresas mineras deben presentar planes de cierre progresivo y final de las minas, en los cuales se debe presentar la conformación morfológica final y el uso del suelo posterior a la actividad minera, los cuales son evaluados con criterios de viabilidad ambiental y desarrollo sostenible.
Sobre ¿cuál es el área que se ha explotado y cuál el área que se ha restituido? En la extracción de carbón en las minas de La Guajira y Cesar, en la siguiente tabla se presenta los valores en hectáreas de las minas de competencia del MAVDT, Área intervenida: corresponde a la superficie de suelo afectada para la extracción del material estéril hasta los mantos de carbón y para la conformación de botaderos o escombreras. Área liberada: es la que ya ha sido conformada morfológicamente después de las operaciones mineras y Área revegetada corresponde a la anterior que ya se ha revegetado.
Mina | Área Intervenida (Ha) | Área Liberada (Ha) | Área Revegetada (Ha) |
Carbones de la Jagua | 381 | 105 | 65 |
Consorcio Minero Unido | 175,5 | 20 | 12,1 |
CARBOANDES | 97 | 45 | 30 |
NORCARBON | 10 | 15 | 0 |
CARBONES DEL CESAR | 53,5 | 8 | 8 |
PRODECO | 147 | 37 | 17 |
DRUMMOND- La Loma | 1027 | 123 | 123 |
EMCARBON | 39 | 1 | 0 |
SORORIA | 50 | 1 | 0 |
CARBONES DEL CARIBE** | 1 | 0 | 0 |
CERREJON | 9495 | 2411 | 2348 |
** Proyecto en etapa de construcción y montaje.
Pregunta 8: ¿Qué consideraciones tiene el Minambiente sobre el transporte con tractocamiones del carbón del Cesar y que se exporta por el mar Caribe?
Respuesta:
El transporte con tractocamiones genera impactos por cuanto algunos sectores o tramos de las carreteras son destapadas y se incrementa la generación de material particulado; adicionalmente el incremento en el número de vehículos circulando genera congestión, incrementa el riesgo de accidentalidad, mayor consumo de combustibles, descargas atmosféricas y deterioro prematuro de la infraestructura vial entre otros. Precisamente en la zona del centro del Cesar, las áreas que presentan los mayores niveles de concentración de partículas son las viñas no pavimentadas donde transitan las tractomulas con carbón.
Como se mencionó anteriormente son efectos positivos de esta modalidad de transporte la generación de de empleo e ingresos para empresas y pequeños propietarios de vehículos de carga, adicionalmente y de forma indirecta inyecta a al economía local ingresos provenientes de combustibles, talleres, hoteles, restaurantes.
Pregunta 9: ¿Cuánto vale la propiedad inmobiliaria vinculada a la industria del turismo en Santa Marta, El Rodadero y Ciénaga amenazada por el deterioro de las playas afectadas por la exportación de carbón? Si esa propiedad se desvalorizara por efectos del daño a las playas que el polvillo del carbón viene causando, ¿quién respondería por tales pérdidas?
Respuesta: Es un tema del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Pregunta 10: ¿Aparte de la industria del turismo, qué comunidades que habiten las zonas aledañas a los puertos de carbón en el Caribe están siendo afectadas?
Respuesta: Se aclara que las comunidades aledañas a los puertos de carbón, el Municipio de Ciénaga, Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta, Distrito turístico de Cartagena, Distrito Industrial y Portuario de Barranquilla.
Se pone de presente que la mayoría de las infraestructuras portuarias, están insertas o dieron origen a cinturones industriales, y en un segundo escenario, las comunidades aledañas son objeto de seguimiento ambiental por parte de este Ministerio, mediante un instrumento denominado Plan de Gestión Social, que es un Componente del Plan de Manejo Ambiental vigente para cada proyecto portuario carbonífero, no solo en Santa Marta y Ciénaga, sino en todo el país.
Pregunta 11: ¿Cuántos empleos genera la industria del turismo en Santa Marta, El Rodadero y Ciénaga? ¿Cuántos ingresos genera?
Respuesta: Este tema es decompetencia del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, se ha solicitado esta información, por consiguiente una vez se obtenga respuesta, será remitida oportunamente.
Pregunta 12: ¿Cuál es el problema ambiental que causa el ferrocarril que transporta el carbón proveniente de las minas ubicadas en el Cesar?.
Respuesta:
Es pertinente poner de presente, que no hay actividad humana y mucho menos de tipo intensivo o industrial, que no genere ningún impacto ambiental, es decir, el impacto ambiental “cero” (0) es un imposible teórico respecto de proyectos de desarrollo. La sostenibilidad de un proyecto está dada por la implementación y seguimiento de medidas combinadas de manejo, que los minimicen y permitan la compatibilidad y uso del territorio para otras actividades de naturaleza igual o diferente y que no generen efectos ambientales que causen deterioro de la calidad ambiental y de los sistemas naturales, técnicamente demostradas.
Los impactos ambientales que potencialmente se presentan por transporte de carbón en tren son principalmente: vibraciones, cambio en la concentración de material particulado, cambio en el nivel y frecuencia de ruido, emisión de gases, para lo cual es necesario que se diseñen e implementen medidas para mitigar, controlar, corregir y/o compensar dichos efectos negativos.
La sostenibilidad de un proyecto de transporte de esta magnitud, está dado por la implementación y seguimiento de medidas combinadas de manejo, tanto preventivas, como mitigatorias, que los minimicen y permitan la compatibilidad y uso del territorio para otras actividades de naturaleza igual o diferente y que no generen efectos ambientales que causen deterioro de la calidad ambiental y de los sistemas naturales, técnicamente demostradas.