Debatir sobre las interceptaciones telefónicas ilegales a periodistas en el país.
Control Político
Datos
23/12, 23/13, 49/13, 46/13 Número de Proposición | 30/04/2013 Fecha de Programación | Fecha Realizada |
− Cámara | Comisión Segunda de Senado Comisión | Comunicaciones, medios y tecnologías de la información Tema Principal |
Cuestionario
PROPOSICIÓN N° 23 de 2012
Sírvase la Comisión Segunda Constitucional Permanente citar al señor Ministro de Defensa, doctor Juan Carlos Pinzón Bueno, para que responda ante sus miembros el siguiente cuestionario que será anexado a la presente proposición, referente a las interceptaciones telefónicas ilegales a periodistas en el país.
1. ¿Bajo qué normas se rige la interceptación telefónica?
2. ¿Cuál es el procedimiento que sigue el Gobierno para la interceptación de teléfonos?
3. ¿Cuáles son las instituciones u organismos que tienen la facultad jurídica y tecnológica para interceptar líneas telefónicas?
4. ¿En qué casos y bajo qué condiciones se realizan interceptaciones o escuchas telefónicas?
5. ¿Con qué protecciones cuentan los periodistas por parte del Gobierno para ejercer su labor sin que se vea comprometida su integridad?
6. ¿Tiene conocimiento el Gobierno de las interceptaciones telefónicas realizadas a periodistas?
7. ¿Actualmente cursan denuncias por interceptaciones telefónicas ilegales?
8. ¿Se están adelantando investigaciones sobre las denuncias formuladas por los periodistas Hernán Peláez y Gustavo Álvarez Gardeazábal?
9. ¿Existen resultados sobre estas investigaciones?
10.¿Cuáles son las hipótesis que se manejan al respecto?
11. ¿Fueron interceptados telefónicamente los periodistas Hernán Peláez y Gustavo Álvarez Gardeazábal dentro de la legalidad debida?
12. ¿Qué clase de control ejerce el Gobierno sobre su facultad de intervenir líneas telefónicas?
13. ¿Conoce el Gobierno de grupos o personas particulares que cuenten con plataformas telefónicas para realizar este tipo de interceptaciones? En caso afirmativo ¿qué acciones se han adelantado para develar y restringirles esa facultad?
14. ¿Cuáles son los criterios que fija el Gobierno para elegir el personal que opera las plataformas tecnológicas de interceptaciones telefónicas?
15. ¿Existen quejas o denuncias de corrupción contra el personal que opera las plataformas tecnológicas que permiten las interceptaciones tecnológicas? En caso afirmativo explique en qué consisten las denuncias y las medidas que se han tomado al respecto.
Con el mismo fin requerimos la presencia del Almirante Álvaro Echandía, Director de la Agencia Nacional de Inteligencia.
PROPOSICIÓN ADITIVA A LA N° 23 DE 2012
Cítese a debate de control político en la Comisión II Constitucional Permanente del Senado de la República al señor Ministro de Defensa Nacional, Juan Carlos Pinzón Bueno y al Director de la Policía Nacional, General José Roberto León Riaño para que den respuesta al siguiente cuestionario, relacionado con el sistema de interceptaciones telefónicas "Puma":
1 ¿Qué especificaciones técnicas tiene el sistema de interceptaciones "Puma"?
2 ¿Qué tipo de interceptaciones puede realizar dicho sistema? ¿También puede interceptar otra clase de comunicaciones aparte de las telefónicas?
3 ¿El sistema de interceptaciones "Puma" será autónomo? ¿No contará con la vigilancia del sistema "Esperanza" de la Fiscalía? En caso afirmativo, sustente la necesidad que tendría para la Policía Nacional su autonomía.
4 ¿El sistema de interceptaciones "Puma" tendrá retroalimentación o "back up" de los monitores en las bases de inteligencia de la Fiscalía General de la Nación? En caso negativo, ¿dónde se encontrará esa retroalimentación o los "back up" de las interceptaciones?
5 ¿Qué mecanismos se han desarrollado para evitar interceptaciones por fuera de la ley?
6 ¿Quiénes conforman la cadena que autorizó el montaje de este sistema?
PROPOSICIÓN N° 46 de 2013
Cítese al señor Ministro de Defensa y a su Cúpula Militar para que le den cuenta a esta Comisión sobre la situación de orden público que vive actualmente los colombianos.
PROPOSICIÓN N° 49 de 2013
Cítese a debate de control político en Comisión II Constitucional Permanente del Senado de la República al señor Ministro de Defensa Nacional, Juan Carlos Pinzón Bueno, al Comandante de las Fuerzas Militares de Colombia, General Alejandro Navas Ramos y al Comandante del Ejército Nacional, General Sergio Mantilla Sanmiguel para que den respuesta al siguiente cuestionario sobre los misiles tierra aire modelo SA-7 en poder de las Farc según denuncias:
1. ¿Desde hace cuánto el Ministerio de Defensa Nacional y el Comando General de las Fuerzas Militares tienen conocimiento de la denuncia que hizo el General John Kelly, jefe del Comando Sur de EEUU sobre los misiles SA-7 en poder de las Farc?
2. ¿Qué especificaciones técnicas tienen los misiles SA-7?
3. Según lo anunciado por varios medios de comunicación colombianos, entre ellos Caracol Radio ¿Se tenía noticia que los misiles SA-7 están en poder de las Farc? De ser afirmativa la respuesta, ¿desde hace cuánto ese grupo guerrillero tiene este armamento?
4. ¿Qué estragos ocasionan los misiles SA-7 cuando son detonados?
5. ¿Qué empresas o país fabrican los misiles SA-7?
6. ¿Qué organización o país suministran los misiles SA-7 a las Farc?
7. Tras la reducción del presupuesto a las Fuerzas Militares de EEUU, ¿esto ha afectado la capacidad operativa de las Fuerzas Militares colombianas que cuentan con su apoyo económico?
8. ¿Qué otra clase de artefactos similares a los misiles SA-7 están en poder de las Farc?
9. ¿Los negociadores del Gobierno colombiano y de las Farc en Cuba han tratado en el marco del proceso de paz lo relacionado con los misiles SA-7?
10. ¿Cómo puede afectar al proceso de paz la posesión ilegal de los misiles SA-7?
11. ¿La relación entre EEUU y Colombia en materia de cooperación militar se puede ver afectada por la amenaza que representa estos misiles en manos de las Farc?