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17May2011

Citación a debate para discutir sobre la situación salarial y prestacional de los miembros de la fuerza pública y del personal en retiro.
Control Político

Datos

95/10 Número de Proposición 17/05/2011 Fecha de Programación 17/05/2011 Fecha Realizada
Senado CámaraComisión Seguridad Social y salud Tema Principal

Descripción

Contiene proposición aditiva número 207

Cuestionario

Cuestionario


1.    Qué acciones ha adelantado su despacho para resolver la grave problemática referida a la situación salarial y prestacional de los miembros de fuerza pública y del personal en retiro?

 

2.  ¿Qué ha considerado su Despacho en relación con este asunto frente al plan de desarrollo y frente a una eventual modificación del marco fiscal de mediano plazo?

 

3.    ¿Qué acciones propone usted para resolver esta grave situación y en que se compromete con ellos?

 

4.    ¿Qué avance puede reportar de las reuniones intersectoriales en el Ministerio de Defensa sobre este particular?

 

5.    ¿Cuánto dinero invierte la Nación en la defensa de los procesos judiciales, cuyos temas son ampliamente reconocidos por la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, tales como IPC y Prima de Actualización como parte de la nivelación?

 


6.  ¿Sabe el Gobierno Nacional cuánto se gasta en promedio un retirado de la fuerza pública en representación judicial (abogado) para ejercer este tipo de demandas?

 


7.  ¿Cuál es la política del Gobierno Nacional respecto de los derechos laborales de los retirados de la fuerza pública?

 

8.    ¿Cuántos juzgados administrativos de descongestión se han creado a partir del año 2006?


9. ¿Cuánto dinero gasta el Gobierno Nacional en la descongestión de los despachos judiciales?

 

 

    ¿Cuántas  acciones cursan en los despachos judiciales en contra de las Cajas de Retiro de la Fuerza Pública (CASUR –CREMIL), por ajuste de acuerdo al IPC y Primas actualización? 

 

¿Cuánto es el porcentaje de demandas que tiene la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo en materia de derechos laborales de los miembros de la Fuerza Pública?

 

 

 

 

 

Respuesta

 

Haciendo Clic aquí pordrá acceder a la respuesta del Ministerio de Hacienda y Crédito a esta citación.

 

 


A continuación encontrará la respuesta del Ministerio del Interior y Justica a esta citación:

 


 

 

Bogotá D.C., 13 de mayo de 2011

 

 

Doctor

EMILIO OTERO DAJUD

Secretario General

Senado de la República

Ciudad

 

 

Respetado Secretario Otero:

 

En atención al cuestionario propuesto mediante Proposición 95, suscrito por el Honorable Senador Juan Francisco Lozano Ramirez, atentamente me permito remitir las respuestas al cuestionario formulado, de acuerdo a las respuestas de la Proposición 11 de 2010 radicadas por este despacho ante la Comisión Segunda de Senado dado que los cuestionarios son idénticos, advirtiendo de ante mano que los interrogantes resueltos no son de competencia de esta Cartera, por este motivo se ofició nuevamente a las entidades competentes con el fin de actualizarlos.

 

 

1.    Qué acciones ha adelantado su despacho para resolver la grave problemática referida a la situación salarial y prestacional de los miembros de fuerza pública y del personal en retiro?

 

2.    ¿Qué ha considerado su Despacho en relación con este asunto frente al plan de desarrollo y frente a una eventual modificación del marco fiscal de mediano plazo?

 

R/ De acuerdo con las atribuciones conferidas mediante el Decreto 4530 de 2008 al Ministerio del Interior y de Justicia no le compete formular la política salarial y prestacional de los miembros de la fuerza pública y personal en retiro.

 

En este orden de ideas la formulación de dicha política, está en cabeza del Ministerio de la Defensa.

 

3.    ¿Qué acciones propone usted para resolver esta grave situación y en que se compromete con ellos?

 

R/ Este Ministerio prestará el concurso necesario, dentro la orbita de sus competencias constitucionales y legales, en coordinación con los Ministerios rectores en la materia para ayudar a dar solución a la situación planteada.

 

4.    ¿Qué avance puede reportar de las reuniones intersectoriales en el Ministerio de Defensa sobre este particular?

 

R/ De conformidad con las competencias que le asisten al Ministerio de Defensa Nacional la respuesta a la pregunta de este ítem será desarrollada por dicha Entidad.

 

5.    ¿Cuánto dinero invierte la Nación en la defensa de los procesos judiciales, cuyos temas son ampliamente reconocidos por la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, tales como IPC y Prima de Actualización como parte de la nivelación?

 

R/ Sobre la respuesta a la pregunta 5, me permitoinformar que el Ministerio de Defensa Nacionalmediante oficio MDOC-43.19 06482 del 13 de octubre de 2010 respondió:

Según la información suministrada por la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares CREMIL y la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional CASUR, Entidades encargadas de los procesos judiciales en materia de IPC y Prima de Actualización, me permito informar lo siguiente:

La Caja de Retiro de las Fuerzas Militares ha estado atendiendo con personal de planta el volumen de procesos derivados de las problemáticas salariales desde hace varios años, y últimamente se está apoyando en personal contratista por el incremento en el número de procesos, la expedición de las leyes 1285 del 2009 y 1395 de 2010.

 

Al respecto el siguiente es el resumen de los costos mensuales de CREMIL para atender la defensa de los procesos judiciales:

 

 

CONCEPTO

VALOR MENSUAL PROMEDIO

HONORARIOS

15.170.000,00

MATERIALES Y SUMINISTROS ( útiles escritorio, papelería, otros)

3.048.908,73

REPARACIONES

517.019,25

VIATICOS Y GASTOS DE VIAJES

947.763,37

SALARIOS

22.711.038,16

TOTAL

42.394.729,51

 

 

Resulta del caso precisar que los costos anteriores incluyen la totalidad del ejercicio de defensa judicial por todo concepto, es decir no solo de prima de actualización e IPC, sino los demás asuntos por los cuales se demanda a la Entidad, así como la atención de tutelas.

 

En relación con la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, en el año 2009 se destinaron 430 millones y en el año 2010, 730 millones para la defensa judicial”.

 

Sin embargo, este Ministerio mediante OFI11-19504-DMI-0100 del pasado 13 de mayo remitió nuevamente este interrogante al Ministerio de Defensa Nacional con el fin de que se actualicen las cifras si hay lugar a ello.

 

6.    ¿Sabe el Gobierno Nacional cuánto se gasta en promedio un retirado de la fuerza pública en representación judicial (abogado) para ejercer este tipo de demandas?

 

R/ Sobre la respuesta a la pregunta 6, me permitoinformar que el Ministerio de Defensa Nacionalmediante oficio MDOC-43.19 06482 del 13 de octubre de 2010 señalo que:

El Gobierno Nacional no tiene conocimiento sobre los costos en que incurre un retirado de la Fuerza Pública en representación judicial para las demandas de IPC y prima de actualización”.

 

7.    ¿Cuál es la política del Gobierno Nacional respecto de los derechos laborales de los retirados de la fuerza pública?

 

R/ Es mandato constitucional que todos los trabajadores gocen de los derechos laborales consagrados en la Carta y en la ley, por ende la política del Gobierno Nacional no puede ser distinta que garantizar el respeto por los derechos de los retirados de la Fuerza Pública.

 

 

 

 

 

 

8.    ¿Cuántos juzgados administrativos de descongestión se han creado a partir del año 2006?

 

R/ Me permitoinformar que el Consejo Superior de la Judicaturamediante oficio PSA10-4522 del 22 de septiembre de 2010 por intermedio de la Presidencia de la Sala Administrativa, indicó lo siguiente:

 

 

Durante el año 2008

 

 

MUNICIPIO

ACUERDO

#JUZGADOS

Bogotá –descongestiona Juz.23

4818

1

 

 

 

Durante el año 2009

 

 

MUNICIPIO

ACUERDO

#JUZGADOS

BOGOTÁ C. Judicial

5588

12

IBAGUE

5493

1

BARRANCABERMEJA

5757

1

GIRARDOT

5756

1

SAN GIL

5755

1

ZIPAQUIRA

5754

1

PASTO

6128

1

MOCOA (distrito judicial de PASTO)

6128

1

CARTAGENA

6298

1

Total

 

20

 

 

Durante el año 2010

 

 

MUNICIPIO

ACUERDO

#JUZGADOS

BOGOTÁ

6455

12

CARTAGENA

6456

1

FACATATIVA

6536

1

GIRARDOT

6458

1

MANIZALES

6540-6990

4

MOCOA

6431

1

PASTO

6431

1

SAN GIL

6459

1

ZIPAQUIRA

5457

1

Total

 

23

 

 

Sin embargo, este Ministerio mediante OFI11-19504-DMI-0100 del pasado 13 de mayo remitió nuevamente este interrogante al Consejo Superior de la Judicaturacon el fin de que se actualicen los datos si hay lugar a ello.

 

9.    ¿Cuánto dinero gasta el Gobierno Nacional en la descongestión de los despachos judiciales?

 

R/ Según datos allegados a este Ministerio por parte de la Presidencia de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, mediante oficio PSA10-4522 del 22 de septiembre de 2010, en el siguiente cuadro se relacionan los gastos ocasionados por medidas de descongestión de los despachos judiciales.

 

 

 

 

 

ESPECIALIDAD

OFICIOS MINHACIENDA

OFICIO 017490 DEL 4 DE ABRIL DE 2007

OFICIO 2-2008-002263 DEL 30 DE ENERO DE 2008

OFICIO 081714 0643 DEL 27 DE ENERO DE 2009

OFICIO 2-2010-02076 DEL 27 DE ENERO DE 2010

VIGENCIA 2007

VIGENCIA 2008

VIGENCIA 2009

VIGENCIA 2010

JUZGADOS ADMINISTRATIVOS                    (269 JUZGADOS)

62.650

 

 

 

DESCONGESTION                          (300 CARGOS DESPACHOS JUDICIALES)

11.531

12.050

 

 

PLAN NACIONAL DE DESCONGESTION

 

25.000

75.000

125.000

SISTEMA PENAL ACUSATORIO

 

 

23.200

 

DESCONGESTION Y GRADUALIDAD ORALIDAD LABORAL

 

24.265

35.600

 

PLAN NACIONAL DE DESCONGESTION JUZGADOS CIVILES

 

4.000

 

 

JUZGADOS DE PEQUEÑAS CAUSAS

 

3.000

 

 

DESCONGESTION CASOS OIT

 

744

 

 

CREACION CUATRO DESPACHOS CONSEJO DE ESTADO

 

8.000

 

 

JUZGADOS DE DESCONGESTION PARA CORTES Y CONSEJOS         (130 CARGOS)

13.939

 

 

 

FONCOLPUERTOS

2.695

2.827

 

 

DESPACHOS COMISORIOS

2.862

3.002

 

 

PRESENCIA INSTITUCIONAL

1.514

1.514

 

 

EXTINCIÓN DE DOMINIO

1.100

 

 

 

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

2.600

5.504

 

 

LEY DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA

5.000

13.812

24.000

 

TOTALES

103.891

103.718

157.800

125.000

 

Nota: Las cifras son en millones de pesos

 

Para el 2010, en el citado oficio indican que se siguen manteniendo los recursos asignados para la creación de los juzgados administrativos, cortes y consejos, foncolpuertos, presencia institucional, despachos comisorios, comisión de apoyo investigativo de la Corte Suprema de Justicia, investigaciones por caso de OIT, entre otros. Adicionalmente están considerados los $50.000 millones para la implementación de la Ley 1285 de 2009. *Fuente Unidad de Planeación Dirección Ejecutiva de Administración Judicial

 

Sin embargo, este Ministerio mediante OFI11-19504-DMI-0100 del pasado 13 de mayo remitió nuevamente este interrogante al Consejo Superior de la Judicaturacon el fin de que se actualicen los datos si hay lugar a ello.

 

 

1.¿Cuántas  acciones cursan en los despachos judiciales en contra de las Cajas de Retiro de la Fuerza Pública (CASUR –CREMIL), por ajuste de acuerdo al IPC y Primas actualización?

 

R/ Según datos del Ministerio de la Defensa allegados mediante oficio MDOC-43.19 06482 del 13 de octubre de 2010 se señalo que el total de demandas que cursan en los diferentes Despachos Judiciales del país, por ajuste de acuerdo con el IPC y primas de actualización es el siguiente: 

 

 

CONCEPTO

CREMIL

CASUR

TOTAL

IPC

4.197

18.282

22.479

PRIMA DE ACTUALIZACION

1.804

23.825

25.629

TOTAL

6.001

42.107

48.108

 

 

Sin embargo, este Ministerio mediante OFI11-19504-DMI-0100 del pasado 13 de mayo remitió nuevamente este interrogante al Ministerio de Defensa Nacional con el fin de que se actualicen las cifras si hay lugar a ello.

 

 

11.¿Cuánto es el porcentaje de demandas que tiene la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo en materia de derechos laborales de los miembros de la Fuerza Pública?

 

R/ Según se informó por parte del Ministerio de Defensa Nacional mediante oficio MDOC-43.19 06482 del 13 de octubre de 2010, se tiene conocimiento sobre el número de demandas que cursa en la jurisdicción de lo contencioso administrativo, que se refieren a la defensa de los derechos laborales de los miembros de la Fuerza Pública, tal como se anotó en la respuesta anterior, sin embargo sobre el porcentaje de demandas en la misma jurisdicción no se tiene conocimiento.

 

La misma información fue solicitada al Consejo Superior de la Judicatura, Sala Administrativa, pero las estadísticas que dicha corporación tiene no permite determinar la incidencia porcentual del número de procesos en materia de derechos laborales de los miembros de la Fuerza Pública versus el total de demandas que cursan en la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.

 

Sin embargo, este Ministerio mediante OFI11-19504-DMI-0100 del pasado 13 de mayo remitió nuevamente este interrogante al Ministerio de Defensa Nacional y al Consejo Superior de la Judicatura.

 

Cordialmente,

 

 

 

 

GERMAN VARGAS LLERAS

Ministro del Interior y de Justicia