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02Nov2016

Abordar la realidad de los vendedores informales en el país y dar a conocer las medidas y políticas planteadas e implementadas para solucionar esta problemática.
Control Político

Cuestionario

CUESTIONARIO

Doctora Clara López Obregón - Ministra de Trabajo.

1. ¿Cuál ha sido la efectividad de la Ley 1429 de 2010, más conocida como ley de primer empleo, durante sus seis años de implementación en el territorio? Sírvase brindar una respuesta enfocada en la cantidad de personas que han accedido a dicha ley y se encontraban ejerciendo labores como vendedores informales.

2. Atendiendo a que uno de los objetivos de la Red de observatorio regionales de mercados de trabajo-ORMET- es generar información estratégica para la toma de decisiones en lo que respecta al tema de mercado de trabajo regional y nacional  ¿Qué factores se han tenido en cuenta frente a la situación de los vendedores informales en el país y qué medidas se han adoptado para hacer frente a la misma?

3. ¿Qué medidas ha implementado el Programa Nacional de Asistencia Técnica Territorial, "PAT" para fortalecer la capacidad de formulación, implementación, seguimiento y evaluación de Políticas Públicas de Empleo en el marco del Trabajo Decente, con respecto a la población de los vendedores informales?

4. ¿Cuáles son los proyectos movilizadores de empleo que ha priorizado el PAT con el fin de atender la situación de los vendedores informales en los departamentos?

5. ¿Qué instrumentos se han implementado para alcanzar la articulación de la oferta nación territorio, por parte del PAT?

6. ¿Qué municipios, distritos y departamentos han solicitado el asesoramiento del PAT en la elaboración de instrumentos de política pública, que versen sobre los vendedores informales?

7. ¿Existe al interior del Ministerio un estudio que analice los factores que influyen en la decisión de la ocupación de los vendedores informales? En caso de existir, sírvase adjuntarlo a las respuestas.

8. ¿En qué municipios ha sido implementada la Red de Formalización Laboral con respecto a la población de vendedores informales?

9. ¿Cuál ha sido el impacto cualitativo y cuantitativo de la Red de Formalización Laboral al interior del gremio de los vendedores informales en el país?

10. ¿Cuántos vendedores informales hacen parte del programa de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS)?

11. ¿A qué monto ascienden los aportes realizados por los vendedores informales dentro del programa de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS)?

12. Atendiendo a los objetivos perseguidos por el Ministerio de Trabajo, expuestos en el Decreto 4108 de 2011. ¿Cuáles han sido los avances en términos de formulación de políticas públicas frente a la población de vendedores informales en las diferentes ciudades del país?

13. Dentro de las discusiones que se han dado al interior de las políticas de empleo y economía solidaria ¿Cómo se postula la participación de los vendedores informales dentro del mercado laboral?

14. ¿Cuáles han sido las acciones afirmativas promovidas por el Ministerio en aras de dar cumplimiento a las sentencias emitidas por la Corte Constitucional frente a la situación de los vendedores informales?

15. La jurisprudencia constitucional relativa a la preservación del espacio público y su armonización con los derechos de los vendedores informales que lo ocupan , establece la obligatoriedad de otorgar a los representantes de los vendedores informales la oportunidad de participar activamente en los procesos de evaluación y seguimiento de las políticas de recuperación del espacio público, así como en la formulación de cualquier cambio o modificación a las mismas, con miras a garantizar efectivamente que tales políticas, así como los programas y medidas a través de los cuales se ejecuten, den pleno cumplimiento a las pautas constitucionales señaladas.

¿Qué papel ha desempeñado el Ministerio de Trabajo, en orden a garantizar el derecho constitucional a la participación de los vendedores en la construcción de estas políticas públicas que se relacionan directamente con el derecho al trabajo y mínimo vital?

16. La Organización Internacional del Trabajo (OIT), OIT, emitió la recomendación 204 de 2015 de según la cual: “Los Miembros deberían llevar a cabo una evaluación y un diagnóstico adecuados de los factores, características, causas y circunstancias de la actividad informal en el contexto de cada país, a fin de fundamentar adecuadamente la formulación y la aplicación de leyes, políticas y otras medidas destinadas a facilitar la transición a la economía formal”.

¿Cuál es el avance del Ministerio del Trabajo con respecto a la recomendación de la OIT?

17. Conforme al artículo 77 del Plan Nacional de Desarrollo ¿Cómo se han venido adelantando las medidas para la eliminación de las barreras de acceso al mercado laboral y qué arrojaron los estudios que ordena efectuar el PND respecto de las necesidades sociales que influyen en dichas barreras?

Doctor Mauricio Perfetti del Corral- Director del Departamento Administrativo Nacional de Estadística

1. ¿Qué información estadística existe frente a la cantidad de vendedores informales del país?

2. ¿Se ha planteado la realización de un censo de vendedores informales, que permita disponer de una información de calidad con el fin de adelantar políticas públicas en favor de dicha población?

3. ¿Dentro del cálculo del producto interno bruto, puede llegarse a establecer el aporte que realizan los vendedores informales al mismo?

4. ¿La medición de la informalidad laboral efectuada por el departamento puede indicar qué cantidad de vendedores informales se encuentran dentro de las cifras presentadas?

Doctor Simón Gaviria- Departamento Nacional de Planeación.

1. ¿Qué lineamientos existen frente a la inclusión de los vendedores informales en el Plan Nacional de Desarrollo?

2. Atendiendo a la evaluación en términos de superación de la pobreza, y que dentro de dicho componente se sitúa la formalización del empleo ¿Cuáles han sido los lineamientos para la formulación de medidas que favorezcan la consecución de dicho fin dentro del Plan Nacional de Desarrollo?

3. El documento CONPES 3718 de 2012, aborda diversas problemáticas de la Política Nacional de Espacio Público, en el marco de la estrategia “Construir Ciudades Amables” de la Visión Colombia 2019, planteando que para lograr una sociedad más justa y con mayores oportunidades será de gran importancia la consolidación de un espacio público accesible, adecuado y suficiente para la totalidad de los ciudadanos.

No obstante, dicho documento tiene un claro enfoque orientado a la protección e integridad del espacio público, sin tener en consideración la situación de miles de personas que obtienen el sustento de las ventas informales en el espacio público, situación que si ha sido considerara por la Honorable Corte Constitucional, en diferentes sentencias que han reconocido la problemática social y la necesidad de establecer políticas públicas que armonicen el espacio público con los derechos de los vendedores informales que obtienen su sustento de las ventas en dichos espacios.

Conforme a lo anterior solicito se informe:

3.1.¿Qué instrumentos de alcance nacional se han diseñado para la regulación del aprovechamiento económico del espacio público?

3.2 ¿Qué avances ha realizado el  DNP, para la formulación de una Política Pública orientada a la preservación del espacio público y su armonización con los derechos de los vendedores informales que lo ocupan?.

3.3. De acuerdo a los ejes problemáticos identificados en la Política Nacional de Espacio Público de que trata el documento CONPES 3718 de 2012, solicito informe sobre los avances en el manejo de las siguientes problemáticas:

3.3.1.  “Falta de metodologías y procedimientos para la intervención social y económica de las ventas informales”.

3.3.2.  “Desarrollo de un manual integral de procedimientos que establezca los pasos, actores y recursos necesarios para garantizar equidad, corresponsabilidad, orden y respeto en los procesos de desalojo y reubicación de ventas informales, y que se ajuste a la realidad económica, social y cultural de cada ciudad”.

Doctor Luis Carlos Villegas - Ministro de Defensa.

1. Conforme a la función establecida en el numeral 2° del artículo 2°del Decreto 4890 de 2011, ¿Qué políticas ha formulado respecto de los procedimientos y tratos que se le deben dar a los vendedores informales, en el marco de los proceso de recuperación del espacio público?

2. Conforme a la función establecida en el numeral 3° del artículo 2° del Decreto 4890 de 2011, ¿Cómo ha vinculado su despacho a los comandantes de policía con el fin de establecer los lineamientos de las actuaciones policivas atinentes a la recuperación del espacio público y con ello al trato de los vendedores informales que lo ocupan?

3. Conforme a la función establecida en el numeral 5°del artículo 2° del Decreto 4890 de 2011 y los hechos recientes ocurridos en diferentes ciudades del país  ¿Se han ejercido los controles correspondientes de los procedimientos policivos efectuados en el marco de la recuperación del espacio público? ¿Cuáles han sido las conclusiones de dichos controles?

4. Conforme a la función establecida en el numeral 7° del artículo 2° del Decreto 4890 de 2011, ¿Se ha configurado un órgano asesor para el caso de las actuaciones policivas frente a la recuperación del espacio público y por ende al trato de los vendedores informales?

General  Jorge Hernando Nieto Rojas -  Director General de la Policía Nacional

1. El Código de Conducta de las Naciones Unidas para los Oficiales Encargados de Aplicar las Leyes, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 17 de diciembre de 1979; consagran las reglas más básicas que deben observar, entre otros, los miembros de la Policía, para efectos de preservar el núcleo intangible de la dignidad humana en su trato con la ciudadanía, en asuntos tales como el uso de la fuerza, el contacto físico, etc. Si bien no se hace con el grado de detalle propio de un manual de conducta policial del orden nacional, previendo el comportamiento a seguir en cada situación que puede llegar a afrontar un funcionario público –a la manera de un “protocolo” de conducta que prevé hipótesis fácticas específicas y prescribe la forma en que se debe comportar frente a ellas el aludido funcionario-, sí se proporciona el marco general para el ejercicio adecuado de los cometidos estatales, por lo cual se trata de la guía básica para garantizar el respeto integral de la dignidad.

En relación con esta obligación y con la orden emitida por la Corte Constitucional en la sentencia T-772 de 2003:

¿Sírvase informar que instrumento o Manual de Conducta adoptó la Policía Nacional para efectos de adoptar un Código de Conducta orientado a cumplir los lineamientos del sistema internacional de protección de los derechos humanos, frente a las actuaciones de los policiales que participan en los operativos de recuperación del espacio público en el territorio nacional?

2. En relación con la pregunta anterior, sírvase allegar las pruebas que permitan establecer la debida socialización y capacitación de los Comandantes de policía del País, con respecto a las pautas de dicho Manual de Conducta.

3. Igualmente sírvase informar que tipo de seguimiento establece la Dirección General de la Policía Nacional, para efectos de establecer la adherencia de sus afectivos a los lineamientos establecidos en dicho Manual de Conducta.

4. En relación con los operativos de recuperación de espacio público ¿Cuántas quejas, investigaciones y sanciones obran en las dependencias encargadas de ejercer el Control interno disciplinario sobre los efectivos policiales que actúan en dichos operativos? 

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