La Representante a la Cámara, Gloria Stella Díaz, del Movimiento Político MIRA, aseguró que según lo manifestado por el Ministerio de Transporte en respuesta que le diera a una petición el 22 de enero de este año, no existe un acto administrativo que ordene la medida del Pico y Pase, para que los conductores adelanten el proceso de renovación de las licencias de conducción; por tanto, carecen de fundamento los comparendos que se empezaron a imponer desde el 1 de marzo.
El Ministerio de Transporte dijo acerca del acto administrativo que ordenó el pico y pase: “...se aclara que no se ha expedido ningún acto administrativo, que contenga la estrategia, pues es una decisión de los Organismos de Tránsito y de los Centros de reconocimiento de Conductores adoptar las sugerencias”. Si de acuerdo con esta Cartera no existe tal actuación, esto hace ilegal las sanciones anunciadas, pues no habría un acto con poder de obligar a los ciudadanos a renovar en las fechas que indicó el Ministerio.
La Representante Díaz afirmó que resulta inconstitucional que la Cartera de Transporte imponga sin base jurídica términos para renovar, pues “No existe ley alguna que indique que si su cédula termina en 2, y no renueva a partir de marzo, será castigado”.
"Toda esta ilegalidad sigue demostrando el interés de captar recursos del bolsillo de los colombianos, especialmente de aquellos conductores que tienen licencias de conducción de categorías 4, 5, 6, C1, C2 y C3 vencidas para servicio público, pero que exclusivamente conducen vehículos de servicio particular para el cual no están vencidas, por lo que no están obligados a renovar, sino que les asiste el derecho al cambio o sustitución gratuita", puntualizó Díaz.