1. PROYECTO DE LEY 183 DE 2011 “POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA LA LEY 1209 DE 2008 EN RELACIÓN CON LA SEGURIDAD EN PISCINAS EN UNIDADES RESIDENCIALES. [PISCINAS]”
Radicado 12 de diciembre de 2011-
Sinopsis
Las unidades residenciales que tengan piscinas, deberán dar cumplimiento al presente artículo durante los fines de semana, al igual que en época de vacaciones escolares y cuando se realicen eventos sociales en la piscina o sus alrededores que involucren menores de catorce (14) años, sin consideración al número de menores que la utilicen a la vez. El acceso a las áreas de piscina a menores de doce (12) años de edad, en unidades residenciales, queda estrictamente prohibido sin la compañía de un adulto que se haga responsable de su seguridad; dicha responsabilidad exime a las unidades residenciales cuando el adulto responsable o los padres del menor permitan su ingreso sin el debido cuidado y por tratarse de una actividad de alto riesgo.
Autores: H Senador Juan Carlos Roberto Vélez Uribe Partido de la U; H. Senadora Karime Mota y Morad Partido de la U.-
2. PROYECTO DE LEY 108 DE 2011 CAMARA “POR MEDIO DE LA CUAL SE REGULA LA CUSTODIA Y CUIDADO PERSONAL ALTERNO DE LOS HIJOS MENORES DE EDAD. [CUIDADO DE LOS HIJOS MENORES DE EDAD
Radicado el 28 de noviembre de 2011 - Legislatura Jul 2011 - Jun 2012 – publicado en la Gaceta 736 de 2011
Sinopsis
El objeto de la presente ley es la regulación de la custodia y cuidado personal de los hijos menores de edad, cuando los padres no cohabitan, para garantizar a los niños, niñas o adolescentes sus derechos fundamentales y su desarrollo integral. Tiene aplicación en los casos en los cuales los progenitores no han logrado llegar a un acuerdo sobre el ejercicio de sus derechos y responsabilidades parentales.
Autores: Juan Carlos Roberto Vélez Uribe Partido de la U; H. Representante Carlos Edward Osorio Aguilar Partido de la U.
3. PROYECTO DE LEY 72 DE 2011 SENADO “POR LA CUAL SE DESARROLLA EL ACTO LEGISLATIVO 02 DE 2009 Y SE ESTABLECEN MEDIDAS Y TRATAMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE ORDEN PEDAGÓGICO, PROFILÁCTICO O TERAPÉUTICO PARA LAS PERSONAS QUE CONSUMAN SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES O SICOTRÓPICAS Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES. [CONSUMO DE ESTUPEFACIENTES).
Radicado el 8 de octubre de 2011, publicado en la Gaceta del Congreso 595 de 2011..Ponencia para primer debate Gaceta 884 de 2011.
Sinopsis
El objeto de la presente ley es desarrollar el acto legislativo 02 de 2009 aprobado por el Congreso de la Republica, establece medidas y tratamientos administrativos de orden pedagógico, profiláctico o terapéutico para las personas que consuman sustancias estupefacientes o psicotrópicas. Así mismo, se establecerán campañas de rehabilitación, tratamiento y seguimiento de las personas que por su estado de dependencia merecen una especial atención.
Autor: H. Senador Juan Carlos Roberto Vélez Uribe – Partido de la U
Estado: Pendiente Votacion Primer Debate
4. PROYECTO DE LEY 71 DE 2011 “POR MEDIO DE LA CUAL SE INSTITUCIONALIZA LA SEMANA DE RECESO ESTUDIANTIL Y SE ADOPTAN MEDIDAS PARA INCENTIVAR EL TURISMO. [SEMANA DE RECESO ESTUDIANTIL]
Radicado el dia 10 de agosto de 2011 legislatura Julio 2011 – junio de 2012- publicado en gaceta del congreso 595 de 2011.-
Sinopsis
Los establecimientos de educación preescolar, básica y media correspondientes al calendario A, incluirán dentro de su calendario académico cinco (5) días de receso estudiantil en la semana inmediatamente anterior al día feriado en que se conmemora el Descubrimiento de América. Los establecimientos de educación preescolar, básica y media correspondientes al calendario B, incluirán dentro de su calendario académico cinco (5) días de receso estudiantil en la semana inmediatamente anterior al día feriado en que se conmemora la Independencia de Cartagena de Indias. Esta semana de receso estudiantil no modifica el tiempo de clase que deben dedicar los establecimientos educativos al desarrollo de las áreas obligatorias y fundamentales establecidas en la ley.
Autor: H. Senador Juan Carlos Roberto Vélez Uribe Partido de la U
5.PROYECTO DE LEY 40 DE 2011 “POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICAN LOS ARTÍCULOS 13, 14, 16, 20, 21, 38, 80 DE LA LEY 115 DE 1994. [BILINGÜISMO - CÁTEDRA DE INGLÉS]”
Radicado el 28 de julio de 2011 – Legislatura Jul 2011 – Junio 2012. Publicado el Proyecto Original en la Gaceta 548 de 2011 – ponencias Gacetas 645 y 926 de 2011-
Aprobado en Segundo debate –pasa a la Camara de Representantes.
Sinopsis
El proyecto busca que los estudiantes del ciclo de Educación Formal del país, accedan al dominio del idioma inglés. Para cumplir con dicha pretensión establece el logro de unos estándares definidos de conocimiento del idioma, para las tres etapas de la Educación Formal: la Preescolar, la Básica: Primaria y Secundaria, y la Media, que garanticen un aprendizaje consistente de conocimientos a los estudiantes que cursen ese ciclo. El propósito apunta a buscar una mejor inclusión del país en la dinámica del proceso de globalización, de tal manera que se posibilite un mejor aprovechamiento de las oportunidades que se presentan en la comunidad internacional, tanto en el acceso del conocimiento, como en la explotación de dichos mercados. En otras palabras el proyecto propone "establecer como obligatoria la "Cátedra del Inglés" durante todo el ciclo de educación formal, que representan doce años de estudios, con calidad en los Programas y en los conocimientos, que redunden en una mejor competencia del país en el mundo globalizado actual.
Autores: Hbles Senadores Juan Carlos Roberto Vélez Uribe Partido de la U y Efraín Torrado García Partido de la U.
6.PROYECTO DE LEY 30 DE 2011 SENADO “POR LA CUAL SE ESTABLECE EL RÉGIMEN DE PENSIÓN DE VEJEZ POR ALTO RIESGO PARA LOS CONTROLADORES DE TRÁNSITO AÉREO DE LA AERONÁUTICA CIVIL. [PENSIÓN DE VEJEZ AERONÁUTICA CIVIL]”
Radicado el 26 de julio de 2011 – legislatura julio 2011 – junio de 2012. Proyecto Original Publicado en la Gaceta 547 de 2011 ..Informe de Ponencia para primer debate Gaceta 835 de 2011 Senado, ponencia presentada por los H. Senadores Gloria Ines Ramirez Rios y Edinson Delgado Ruiz. Comision Septima Constitucional Permanente Senado.
Sinopsis
La iniciativa reconoce la actividad de los controladores de tránsito aéreo como una actividad de alto riesgo. Para esto determina que los servidores públicos que desempeñan funciones de controladores de tránsito aéreo de la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil de Colombia o en la entidad que la remplace, en cargos con funciones equivalentes, que conforme a estudios y criterios técnicos, desarrollan actividades de alto riesgo que les generan disminución de expectativa de vida saludable por la labor que realizan, y que se les haya efectuado o se les llegare a efectuar la cotización especial señalada en el artículo 12 del Decreto 1835 de 1994 y la que se define en la presente ley, durante por lo menos 750 semanas, sean estas continuas o discontinuas, tendrán derecho a la pensión de vejez.
Autor: H Senador Juan Carlos Roberto Vélez Uribe Partido de la U.
7.PROYECTO DE LEY 231 DE 2011 SENADO ACUMULADO AL PL 225 DE 2011 DEL SENADOR ENRIQUE SOTO JARAMILLO “POR LA CUAL SE MODIFICA LA LEY 48 DE 1993 Y 1184 DE 2008, QUE REGLAMENTA EL SERVICIO DE RECLUTAMIENTO Y MOVILIZACIÓN Y LA CUOTA DE COMPENSACIÓN MILITAR [CUOTA DE COMPENSACIÓN MILITAR]”
·“POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA LA LEY 48 DE 1993 Y SE ADICIONAN DERECHOS, PRERROGATIVAS Y ESTÍMULOS A LOS COLOMBIANOS QUE HAYAN PRESTADO EL SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO. [BENEFICIOS PARA BACHILLERES QUE HAN PRESTADO SERVICIO MILITAR]”
Radicado el 29 de marzo de 2011 – Legislatura Jul 2010 – Junio 2011. Publicado el Proyecto Original en la Gaceta 140 de 2011 – Aprobado en Segundo Debate el 12 de junio de 2011 . Gaceta 926 de 2011 Senado.-
Sinopsis
Al término de la prestación del servicio militar. Todo colombiano que haya prestado el servicio militar obligatorio, tendrá los siguientes derechos:
a) En las entidades del Estado de cualquier Rama del Poder Público, el tiempo de servicio militar le será computado para efectos de cesantía, pensión de jubilación de vejez y prima de antigüedad en los términos de la ley;
b) A los bachilleres que hayan prestado el servicio militar obligatorio y que pertenezcan a los estratos socioeconómicos 1, 2 y 3 del Sisbén que sean admitidos en Universidades e Instituciones que impartan educación superior conforme a las Leyes 30 de 1992 y 1188 de 2008, se les hará un descuento equivalente al 20% del valor de la matrícula durante el pregrado, para los niveles de técnico profesional, tecnológico y profesional; sin embargo, las instituciones educativas pueden excluir de este beneficio a quienes no cumplan con las competencias y las características específicas de calidad del respectivo programa académico.
En caso de ser admitido a una escuela de formación de las Fuerzas Armadas, la beca será del 50%, y de ser admitido a una universidad privada el beneficio será del 10% de la matrícula.
Autor: H. Senador Juan Carlos Roberto Vélez Uribe Partido de la U.
8. PL 31 DE 2010 SENADO “POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE EL CERTIFICADO DE REEMBOLSO TRIBUTARIO PARA LOS EMPLEADORES Y EMPRESAS QUE VINCULEN TRABAJADORES MAYORES DE CUARENTA AÑOS Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.”
ACUMULADO A LA LEY DE PRIMER EMPLEO.
Sinopsis
Mediante el presente proyecto de ley se pretende crear el Certificado de Reembolso Tributario para los empleadores y empresarios que ocupen laboralmente personas mayores de cuarenta años, como un instrumento flexible de apoyo y de estímulo a la creación de empleos.