Aprobado permiso remunerado a padres, para cuidar a sus hijos cuando estén delicados de salud

 

La iniciativa de autoría del senador Honorio Galvis establece sanciones penales y laborales para quienes pretendan obtener dichos permisos de manera fraudulenta.

Con el fin de proteger a la niñez y mitigar las angustias de los padres ante la enfermedad o incapacidad por accidente de sus hijos, el senador Honorio Galvis presentó el proyecto de ley "Por medio del cual se protege el cuidado de la niñez - Ley Isaac -", el cual fue aprobado el día de hoy en su primer debate por la comisión séptima constitucional permanente de senado.

El proyecto de ley establece en casos de enfermedad común, un permiso remunerado de hasta cinco días, los cuales no pueden superar los diez días en el año, así como un permiso en casos de enfermedad o accidente grave (enfermedad terminal) de hasta 20 días en el año, dependiendo la edad del menor. Adicionalmente, permite la posibilidad de adecuar las jornadas laborales de manera flexible, posibilitando el acompañamiento de los menores.

En igual sentido se establecen sanciones penales y laborales para quienes pretendan obtener dichos permisos de manera fraudulenta.

"Este es un proyecto de ley con una connotación especialmente social, puesto que refleja la realidad de los padres, que en muchos casos deben decidir entre sus trabajos o el cuidado de sus hijos", puntualizó el legislador.

Se espera que este proyecto siga contando con todo el respaldo del Congreso de la República en aras de lograr la satisfacción de multiplicar la sonrisa de los niños y niñas a través del cuidado que pueden brindar sus familiares.

Prensa senador Honorio Galvis

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La reglamentación del derecho de petición: una iniciativa liberal

 

"El derecho de petición en la Constitución Política es pieza fundamental del andamiaje constitucional": senador Honorio Galvis (Partido Liberal).

El 13 de diciembre la Comisión Primera del Senado aprobó en primer debate el proyecto de ley que busca reglamentar el derecho de petición en Colombia.

La Corte Constitucional en la sentencia C 818/11 declaró inexequible el capítulo que reglamentaba el derecho de petición en la ley 1437 de 2011, "Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo", por cuanto esa norma requiere de la expedición de una Ley Estatutaria, en virtud de lo dispuesto en el artículo 152 de la Constitución en lo que a derechos fundamentales se refiere y la ley se tramitó como ordinaria.

La constitución colombiana, en su artículo 23, considera el derecho de petición como un derecho fundamental y de aplicación inmediata. En ese sentido, establece que "Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales".

Con motivo del vacío jurídico producido a raíz de la declaratoria de inexequibilidad de ese capítulo, los senadores liberales, convencidos de la importancia de esta figura para el sistema jurídico colombiano, propusimos el proyecto de ley "por medio de la cual se reglamenta el derecho fundamental de petición y se adiciona un título al código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo". La intención es que se garantice a las personas la pronta resolución de sus solicitudes.

Cabe destacar que el derecho de petición en la Constitución Política es pieza fundamental del andamiaje constitucional pues por este medio se generan espacios de participación y control social para la defensa de los derechos políticos y una garantía de participación en el marco de la democracia.

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¡Internet para todos!: el camino hacia la consagración del acceso a Internet como un derecho fundamental

 

 

"El alcance de esta iniciativa va más allá de pensar en computadores en hogares": senador Honorio Galvis (Partido Liberal).

La plenaria del Senado aprobó en su segundo debate, el Proyecto de Acto Legislativo que busca convertir el acceso a internet en un derecho fundamental, acercándose cada vez más a convertir en una realidad que todos los colombianos tengan garantizado el acceso a la red.

El acceso a Internet es considerado como un medio esencial para el desarrollo de la humanidad pues permite que los individuos obtengan y hagan circular información, hagan valer sus derechos, y participen en debates públicos relacionados con cambios sociales, económicos y políticos.

De este modo, se logran materializar derechos y libertades, entre los que se resaltan la libertad de expresar y difundir opiniones, el libre desarrollo de la personalidad y la libertad de conciencia.

La Organización de las Naciones Unidas (ONU), en un pronunciamiento reciente, catalogó el acceso a la Internet con el estatus de derecho humano fundamental, amparando de esta manera el derecho a la libertad de opinión y expresión, garantizado en la Declaración de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. La ONU considera que debería ser un derecho universal de fácil acceso para cualquier individuo y, en ese sentido, exhorta a los gobiernos a facilitar su acceso.

Con el fin de garantizar el acceso a Internet, el proyecto de acto legislativo modificaría el artículo 20 de la Constitución Política para elevar a derecho fundamental el acceso a internet. Desde que presentamos el proyecto hasta el momento, las ponencias así como los debates han ido enriqueciendo sustancialmente la iniciativa, abordando cuestiones fundamentales como la de otorgar al gobierno nacional responsabilidad de apropiar los recursos y los mecanismos necesarios para la efectividad de este derecho.

El alcance de esta iniciativa va más allá de pensar en computadores en hogares. Se apuesta a garantizar el acceso a la internet a través de centros comunitarios, edificios del estado, bibliotecas y otros puntos de acceso público. A trabajar en la educación sobre su uso así como facilitar el acceso para las personas con discapacidad y las menos favorecidas.

De aprobarse este proyecto de acto legislativo, Colombia se ubicará entre los primeros países del mundo en considerar el acceso a la Internet como derecho fundamental, tal como lo han venido desarrollando otros sistemas jurídicos, entre los que se destacan países como Finlandia, Estonia, Francia, Grecia y en América Latina, Perú y Costa Rica.

En un mundo globalizado, donde los problemas dejaron de ser estrictamente domésticos, las noticias y toda clase de información fluyen de un lado a otro por medio de internet. 

Desde diferentes rincones del planeta los ciudadanos acceden a información en tiempo real y esto les permite tomar decisiones e interactuar desde donde se encuentren, volviendo más democrático el acceso a la información, y ampliando y enriqueciendo los espacios de debate. 

En ese sentido, garantizar el acceso a internet pasa a ser un mecanismo esencial para fortalecer la democracia. Así la información estará al alcance de todos, apostando por una mayor inclusión sembrando las bases para una sociedad cada vez menos fragmentada.

 

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