Congresista Eduardo Merlano radica proyecto de Ley que busca recursos para la Universidad de Sucre hasta por cien mil millones.

 

Bogotá D.C. Octubre 10 de 2012 (Prensa Senador Eduardo Merlano).  El Senador Sucreño Eduardo Carlos Merlano busca que los jóvenes en edad escolar  de su Departamento se les haga realidad el sueño de un futuro profesional con calidad. El 9 de octubre del 2012 radicó una iniciativa  congresional que busca ubicar a la Universidad de Sucre dentro de los mejores centros de educación del país, el Proyecto de Ley 174 del 2012, busca aumentar el recaudo originado  de la estampilla “Universidad de Sucre, Tercer Milenio” hasta por cien mil millones de pesos ,los recursos deberán ser destinados a la apertura de programas de Maestrías, Doctorados, Especializaciones, mayor número de carreras universitarias, apoyo a estudiantes de escasos recursos y modernización de la planta física.

En la argumentación de la iniciativa legislativa se manifestó la necesidad que tiene el Departamento de  mayor innovación y desarrollo integrado a la academia, además  se resaltaron algunas deficiencias en educación como el hecho de que la cobertura(de educación superior en Sucre) para el año 2010 era del 17 % cuando a nivel nacional era del 37.1 % lo que manifiesta que la brecha con el resto del país lo convierte en un Departamento con grandes rezagos en términos de educación superior, si queremos medir la brecha, ésta es del orden del 20.1 %”.

 

Nuestras historias

Radicado proyecto de Ley que busca la estructuración de los Guardaparques Nacionales Colombianos.

Bogotá D.C. Septiembre 25 de 2012 (Prensa Senador Eduardo Merlano).  Inspirado en la cumbre de Rio + 20 realizada del 20 al 22 de Junio del presente año en Brasil,  el Senador Eduardo Merlano radicó un proyecto de Ley que busca fortalecer a las funciones del Sistema de Parques Nacionales Naturales y del Sistema Nacional de Áreas Protegidas con el fin de ubicar a Colombia en un mejor escenario ambiental de cara a la protección del derecho a un ambiente sano para las futuras generaciones.

Es el primer proyecto de ley presentado en la segunda legislatura del presente año, por el Senador del Partido de la U, por medio de la cual busca rescatar temas de la agenda pública que han sido olvidados aun cuando revisten gran importancia para la sociedad civil.

Ahora los ciudadanos Colombianos y extranjeros podrán ser guardianes de la biodiversidad Nacional, bajo la modalidad de voluntariado, con lo cual se pretende elevar a rango de Ley, con plenas garantías para su ejercicio,  una actividad que se hacía de manera silenciosa en el país.  

El Senador Eduardo Merlano se perfila como el Senador de los  Voluntarios Guardaparques del País.

Nuestras historias

Senador Eduardo Merlano, en control político a Supersalud

 

Con ocasión del debate de control político realizado a la superintendencia de Salud, en la comisión séptima de senado, el Senador Eduardo Merlano pide claridad sobre la intervención y la liquidación de las EPS. 

 El pasado 29 de agosto se le dio curso a un debate de control político realizado a la Superintendencia de Salud, donde el senador Eduardo Merlano cuestionó los tiempos de espera a los que se somete al país para que sean liquidadas las EPS que son inviables financieramente.  El propósito de las intervenciones realizadas por el congresista Sucreño buscan poner la salud de los colombianos en orden, donde de manera enfática le dijo a la superintendente Mery Concepción Bolívar: si hay que liquidarlas en tres meses, pues que se liquiden.

El legislador solicitó un término perentorio en el cual las EPS tienen que salir de la crisis  la supersalud y los entes de control no puede seguir pasando que EPS que siguen con una situación económica grave, sin viabilidad financiera, demoren hasta dos años y luego se tome la decisión de liquidarlas ante lo cual se requirió tomar acciones claras, ponderadas y que realmente vayan ajustadas a la Ley.

 

Nuestras historias

El Congresista Eduardo Merlano fue invitado a la sanción presidencial de la Ley que busca la financiación de los Parques Nacionales en Colombia.

 

Bogotá.- El Senador Eduardo Carlos Merlano del Partido de la U, asistió a un acto que se realizó el miércoles 22 de agosto en el Palacio de Nariño,  donde  se sancionó la Ley por medio de la cual se rinde honores a Gloria Valencia de castaño por su aporte al Medio Ambiente y a los Medios de Comunicación y por medio de la cual se busca la financiación de los Parques Nacionales Naturales del país.

 La  ceremonia fue  convocada por el  presidente de la República Juan Manuel Santos en la Casa de Nariño, quien extendió una invitación especial al parlamentario. Se invitó también a varias personalidades relacionadas con el medio ambiente y a ministros de la cartera presidencial para participar del homenaje en un acto simbólico.

El Congresista considera que se avanza en la dirección correcta con relación a la protección medioambiental de Colombia en tanto el proyecto de Ley realiza exenciones tributarias a quienes realicen donaciones a los Parques Nacionales.

Durante la promulgación de la Ley Gloria Valencia de Castaño, se indicó que el Parque Nacional Natural de las Hermosas, llevará ahora el nombre de la homenajeada.

 

 

 

Nuestras historias

Con ocasión de la discusión del Presupuesto General de la Nación en el sector social, para el 2013, el Senador Eduardo Merlano requiere mayor inversión.

 

En debate realizado con relación al presupuesto general de la nación, Senadores cuestionan el recorte del presupuesto al sector social y exigen ser escuchados en la negociación  del mismo.

En las intervenciones se reafirmó la necesidad de que el presupuesto incluya temas trascendentales que son tratados por la comisión séptima de Senado: “,2.7 billones no van a tener impacto sobre los derechos de los niños y de las niñas” sostuvo el congresista Eduardo Merlano, quien se negó a aceptar que las metas que se pretenden lograr en infancia y adolescencia no se evidencien en el texto del presupuesto.

 

De la misma forma le preguntó al Gobierno Nacional: “¿qué cantidad de víctimas se van a reparar con el presupuesto asignado para el 2013? Toda vez que el presupuesto adolece de indicadores y metas concretas”

 

El tema de la salud fue protagonista en el debate, centró la mayoría de las intervenciones ante lo cual se dijo: “La UPC del régimen subsidiado tiene que aumentarse (…) hoy la UPC del régimen subsidiado es inferior a la del régimen contributivo, se podría venir un caos”: resaltó el parlamentario

 

El presidente de la célula legislativa reconoció la labor realizada en el análisis del presupuesto e invitó a las comisiones que debaten el presupuesto a incluir los requerimientos planteados en el informe final de la comisión séptima de Senado


 

 

 

Nuestras historias

Ponencia PL134/10:Afiliación a Pensiones, obligatoria solo para quienes devenguen más de dos (2) salarios mínimos

Objeto del proyecto


El objetivo de esta iniciativa es modificar el artículo 13 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 2° de la Ley 797 de 2003 literal a) y adicionar el inciso 1° del numeral 1 del artículo 15 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 3° de la Ley 797 de 2003.

 

Establecer la afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Pensiones, en forma obligatoria para todos los trabajadores dependientes e independientes que devenguen más de dos (2) salarios mínimos mensuales legales  vigentes.

 

Marco constitucional y legal

 

CONSTITUCIÓN POLÍTICA

 

Artículo 48. La Seguridad Social es un servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado, en sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, en los términos que establezca la ley.

 

Se garantiza a todos los habitantes el derecho irrenunciable a la seguridad social.

 

 

LEGAL, Ley 100 de 1993

 

Artículo 10. Objeto del Sistema General de Pensiones. Modificado por el artículo 6 de la ley 797 de 2003, adicionado en un parágrafo por la ley 1250 de 2008, quedando así:

 

ARTÍCULO 2o. Al artículo 19 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 6o de la Ley 797 de 2003, adiciónese un parágrafo del siguiente tenor:

 

“Parágrafo. Las personas a las que se refiere el presente artículo, cuyos ingresos mensuales sean inferiores o iguales a un (1) salario mínimo legal mensual, que registren dicho ingreso conforme al procedimiento que para el efecto determine el Gobierno Nacional, no estarán obligadas a cotizar para el Sistema General de Pensiones durante los próximos 3 años a partir de la vigencia de la presente ley, no obstante de lo dispuesto en este parágrafo, quienes voluntariamente decidan cotizar al sistema general de pensiones podrán hacerlo.

 

Durante este lapso, el Gobierno Nacional evaluará los resultados de la aplicación del presente parágrafo y presentará a consideración del Congreso las iniciativas que considere viables para facilitar el acceso a esquemas de protección 'Económica' para la vejez de esta franja poblacional”.

 

Consideraciones Generales


La Constitución Política, en su artículo 150, prevé que el Congreso de la República es el encargado de hacer las leyes; el artículo 154 ibídem estipula que las leyes pueden originarse en otras partes, en cual quiera de las cámaras a propuesta de sus respectivos miembros.

 

Atendiendo el artículo 140 numeral 1 de la Ley 5ª de 1992 que establece que los Senadores y Representantes a la Cámara, individualmente y a través de sus bancadas, pueden presentar proyectos de ley, nace la presente iniciativa legislativa en Senado de presentar un proyecto de ley que busca modificar la Ley 797 de 2003.

 

Contenido del Proyecto


El proyecto de ley en mención consta de tres (3) artículos, incluido el de la vigencia.

 

Tiene como finalidad establecer la afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Pensiones, en forma obligatoria para todos los trabajadores dependientes e independientes que devenguen más de dos (2) salarios mínimos mensuales legales  vigentes.

 

De igual forma, el proyecto objeto de estudio consagra que las personas naturales que estén afiliadas a salud y a pensión, que deseen celebrar contratos privados o públicos, deben probar que sus aportes están al día y, de esta forma, no es necesario volver a efectuar los respectivos aportes por otros contratos que hayan suscrito.

 

A manera de ilustración, recordamos que a finales de 2009 el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE)  junto con Planeación Nacional en la denominada Misión para el Empalme de las Series de Empleo, Pobreza y Desigualdad (MESEP), revelaron que en situación de indigencia, o pobreza extrema, se encontraban 20 de cada 100 hogares en 2002 y hoy son 18.[1]


Por lo tanto al menos ocho millones de colombianos viven en la indigencia y otros 20 millones son pobres. El estudio se hizo en 300 de los 1.098 municipios colombianos

 

“En Colombia se considera que un hogar está en condición de pobreza cuando, estando conformado por cuatro personas, tiene ingresos inferiores a un millón 100 mil pesos mensuales. En cuanto a la indigencia (pobreza extrema), se hace referencia a los hogares que no tienen ingresos suficientes para comprar una canasta básica de alimentos, que en el país se estima que cuesta 450 mil pesos para cuatro integrantes”.[2]


De esta manera, es equivocado que las personas que generan un salario mínimo legal vigente a parte de la Salud deban pagar el aporte a Pensión, ya que no existen las condiciones económicas ni sociales, así mismo como se dijo anteriormente estamos a la espera del estudio que ayudaría a proponer una salida para esta problemática sin embargo no se dio y es momento que el legislador defienda los derechos de los más desfavorecidos. Somos conscientes que la finalidad del Gobierno es la formalización de las personas en cuanto a Salud y pensión, sin embargo instamos al Gobierno a crear mecanismos necesarios para incentivar los aportes a pensión en este grueso de la población que devenga un salario mínimo pero que sea acorde a las condiciones socio económicas de este grupo poblacional.

 

 

PROPOSICIÓN


De acuerdo con las consideraciones anteriores, nos permitimos proponer ante Comisión Séptima de Senado, dar primer debate al Proyecto de ley número 134 de 2010 Senado, por medio de la cual se modifica la Ley 797 de 2003.

 

 

EDUARDO CARLOS MERLANO MORALES

Senador de la República

 

 

MAURICO ERNESTO OSPINA GOMEZ

Senador de la República

 

TEXTO PROPUESTO

 

PROYECTO DE LEY 134 DE 2010 SENADO.


por medio de la cual se modifica la Ley 797 de 2003

El Congreso de Colombia

 

DECRETA:

Artículo 1°. Modifíquese el artículo 13, literal a) de la Ley 100 de 1993 modificado por el artículo 2° de la Ley 797 de 2003, el cual quedará de la siguiente forma:

 

Artículo 13. Características del Sistema General de Pensiones. El sistema general de pensiones tendrá las siguientes características:

a)    La afiliación es obligatoria para todos los trabajadores dependientes e independientes, que devenguen más de dos salarios mínimos legales  mensuales vigentes.

 

Artículo 2o. Modifíquese el parágrafo adicionado por el articulo 2º. de la ley 1250 de 2008, al artículo 19 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 6o de la Ley 797 de 2003.

Que quedará así:

 

“Parágrafo. Las personas a las que se refiere el presente artículo, cuyos ingresos mensuales sean inferiores o iguales a dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes, que registren dicho ingreso conforme al procedimiento que para el efecto determine el Gobierno Nacional, no estarán obligadas a cotizar para el Sistema General de Pensiones, no obstante de lo dispuesto en este parágrafo, quienes voluntariamente decidan cotizar al sistema general de pensiones podrán hacerlo.

 

El Gobierno Nacional presentará a consideración del Congreso las iniciativas que considere viables para facilitar el acceso a esquemas de protección 'Económica' para la vejez de esta franja poblacional”.

 

Artículo 3°. La presente ley rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga todas las normas que le sean contrarias.

 

 

 

EDUARDO CARLOS MERLANO MORALES

Senador de la República

 

 

MAURICO ERNESTO OSPINA GOMEZ

Senador de la República

 

 

 

[1] Departamento Administrativo Nacional de Estadística

[2] Revista Semana, Menos pobreza y más indigencia en Colombia, Economía. Agosto 24 de 2009.

 

Nuestras historias

Palabras pronunciadas en plenaria relacionadas con el Proyecto de Ley 201 de 2010 Senado, sobre Clubes Deportivos

Como miembro de la comisión séptima del Senado, comisión en la que se adelantó el debate de este importante proyecto de ley, quiero manifestar en esta plenaria del congreso que luego de debatir ampliamente el contenido del mismo, estas modificaciones a la Ley 181 de 1995, buscan elevar el deporte colombiano a un nivel más alto, mas empresarial, busca otorgar a los profesionales del deporte las garantías mínimas de seguridad social para que estos representantes de la nación puedan acceder a los servicios de salud, pensión y riesgos profesionales como cualquier trabajador colombiano que se esmera día a día por colocar el nombre de su municipio, departamento o el de este país en un lugar que merezca atención y reconocimiento de la población.

Respecto a la capitalización de los clubes, se considera que esta es una herramienta fundamental para inyectar recursos a los clubes deportivos que han presentado reiteradamente durante varios años, cesación de pagos en sus obligaciones comerciales, fiscales y las más importantes, las laborales.

Adicionalmente, esta capitalización promueve la democratización en la administración adecuada de estas, si puede decirse, empresas del deporte, que como tales deben responder ante el público y ante sus trabajadores por el buen manejo y la ética en la administración de los recursos.

Sobre este aspecto, cabe resaltar que el proyecto de ley permite que COLDEPORTES y la superintendencia de sociedades tengan herramientas adecuadas para efectuar inspección, vigilancia y control al manejo societario que se está dando a estas empresas del deporte colombiano y a la procedencia de sus recursos.

Quiero resaltar, el régimen de sanciones que contiene el presente proyecto, tanto para los mismos clubes por sus indebidos comportamientos a nivel deportivo como empresarial, como para los miembros de las mal llamadas BARRAS BRAVAS, punto ampliamente debatido, señores congresistas, en las sesiones de la comisión séptima de senado.

No podemos permitir más abusos del crimen en los escenarios deportivos, este proyecto busca sancionar fuertemente a quienes, bajo el escudo de fanatismo deportivo, realizan actos vandálicos y delincuenciales en contra de la población que acude inocente a disfrutar de un acto deportivo. Este Congreso no puede dar la espalda y permanecer incólume mientras nuestros jóvenes son agredidos y en el peor de los casos, asesinados en medio de un encuentro deportivo, no podemos permitir que el espectáculo del deporte sea otra causal de siniestros en nuestro país.

Nuestras historias

INFORME PRESENTADO A LA COMISION ACCIDENTAL DE SEGUIMIENTO A LA PROBLEMATICA DE LA MOJANA

EMERGENCIA INVERNAL EN LA MOJANA 2010

 

 

CHORRO LOS BRAVOS - DIQUE DE CIERRE BOCA DEL CURA-ACHI

 

Un importante Consorcio recibió de INVIAS $ 1.800 millones para hacer un levante entre La Boca del Cura y Achí. Dejó 2,5 kms desprotegidos y destruyó una pestaña consolidada que protegía a la zona y el gramalote, lo cual favoreció la erosión.

Por la falta de esa pestaña se produjo las inundaciones en el Chorro de Los Bravos, las cuales han arruinado a la Región.

 

DIQUE DE CIERRE BOCA DEL CURA-ACHI

La destrucción de la pestaña que existía en el tramo Boca del Cura-José Pineda fue la causa de que en ese sitio se formara el rompedero del Chorro Los Bravos. No fue suficiente el esfuerzo de hacer protección con costales de arena.

Los ingenieros contratistas manifestaron que habían destruido las pestañas, pues estaban porosas.

Se esgrimió, además, el socorrido y peregrino argumento según el cual el levante se iba a construir por otro sitio, pero la comunidad no dejó. El Consorcio sacó la maquinaria sin avisar a nadie.

La principal afectación de toda La Mojana se originó en este sitio el 23 de Julio de 2010, a las 9 p.m.

Los trabajos en el Chorro Los Bravos fue intenso, al frente de los cuales estuvo INVIAS, CORMAGADLENA y los Alcaldes de Majagual y Guaranda.

 

 CHORRO DE SANTA ANITA

 

EL CHORRO DE SANTA ANITA, ubicado en la Finca del mismo nombre. El Chorro se formó el Domingo 19 de Julio de 2010, a las 9 p.m.

Inicialmente se rompió un jarillón artesanal y luego rompió el Dique Marginal, al colapsar una alcantarilla imprudentemente autorizada. Hoy el rompedero sobre el Dique tiene más de 600 metros.

Los Municipios más afectados son AYAPEL y los del San Jorge (San Marcos, Caimito y San Benito), y  la región de El Rabón.

 

OTROS CHORROS FORMADOS QUE AUN ESTAN ABIERTOS

 

•       Colorado

•       Laredo

•       Nuevo mundo

•       El brazuelo (julia)

•       Esta próximo a  colapsar: Caregato-la mejicana (la tragedia será peor)

 

25.000 HECTÁREAS DE ARROZ FUERON ARRASADAS

120.000 CABEZAS DE GANADO FUERON TRASLADADAS FORZADAMENTE

•      2.020 PREDIOS SE INUNDARON

•      MURIERON  MAS DE 13.000  RESES

•      SE DESTRUYERON 183.000 HAS DE PASTOS

 

 

TIERRAS DE GRAN PRODUCTIVIDAD

Capa vegetal de gran fertilidad

Suelos clase 2 según categorización del  departamento de agricultura de los EEUU, de los mejores del mundo. Serian clase 1 si no tuvieran la restricción de las inundaciones.

Es un vaso regulador de aguas. La Mojana es un sistema biofísicamente heterogéneo con una amplia gama de opciones de desarrollo sostenibles predeterminados por la temporalidad de las inundaciones.

Existen limitantes estructurales:


Paradigmas de desarrollo SIN DEFINIR PARA LA REGION.

Problemas de orden social

Necesidades básicas insatisfechas

Contaminación aguas-recursos hidrobiológicos y sedimentación del rio cauca a causa de la minería irracional en el bajo cauca antioqueño, sobre todo en el rio Nechí.

 

PRINCIPALES ACTIVIDADES AGRICULAS

 

•      Agricultura

•      Arroz, maiz, platano, cacao, frutales, madera, pan coger.

•      Ganadería

•      Pesca

•      Comercio

 

PRINCIPALES CAUSAS DE LAS INUNDACIONES

 

•      Sedimentación del rio cauca

•      Inclinación de la región hacia el occidente.

•      Subsidencia

•      Sedimentación de la red de caños y ciénagas (alteración del drenaje natural).

•      Destrucción del equilibrio hidrológico natural de la región (zenues).

 

Las obras mal hechas por  ejemplo el confinamiento del rio y la inexistencia de zonas de desfogue. No se construyeron los diques fusibles. No se hace mantenimiento a las obras existentes (jarillones, espolones, pantallas sumergibles…)

 

Para contrarrestar los efectos de las inundaciones y prevenir futuros desastres se hace necesario de acciones contundentes e interinstitucionales eficaces.

 

Sobre el particular, en el pasado se han adoptado estas acciones:

•      Estudios:

•      Misión colombo-holandesa (1972-1977)

•      Plan desarrollo sostenible DNP - FAO (2003)

•      Estudio universidad nacional –Medellín (2005)

•      Conpes 3421 de 2006

•      Plan integral  misión Mojana-gerencia publico privada dr Carlos Martínez Simahan: recuperar red natural de drenaje.

•      Plan nacional de desarrollo

•      Acciones INVIAS y CORMAGDALENA

•      Corporación CAR Momposina

•      La concepción de los Mojaneros no será igual.

 

•      Dique marginal COLORADO-ACHI

 

EMERGENCIA INVERNAL EN LA MOJANA 2010

 

CHORRRO LOS BRAVOS - DIQUE DE CIERRE BOCA DEL CURA-ACHI

 

Un importante Consorcio recibió de INVIAS $ 1.800 millones para hacer un levante entre La Boca del Cura y Achí. Dejó 2,5 kms desprotegidos y destruyó una pestaña consolidada que protegía a la zona y el gramalote, lo cual favoreció la erosión.

Por la falta de esa pestaña se produjo las inundaciones en el Chorro de Los Bravos, las cuales han arruinado a la Región.

 

DIQUE DE CIERRE BOCA DEL CURA-ACHI

La destrucción de la pestaña que existía en el tramo Boca del Cura-José Pineda fue la causa de que en ese sitio se formara el rompedero del Chorro Los Bravos.

No fue suficiente el esfuerzo de hacer protección con costales de arena.

Los ingenieros contratistas manifestaron que habían destruido las pestañas, pues estaban porosas.

Se esgrimió, además, el socorrido y peregrino argumento según el cual el levante se iba a construir por otro sitio, pero la comunidad no dejó.

El Consorcio sacó la maquinaria sin avisar a nadie.

La principal afectación de toda La Mojana se originó en este sitio el 23 de Julio de 2010, a las 9 p.m.

Los trabajos en el Chorro Los Bravos fue intenso, al frente de los cuales estuvo INVIAS, CORMAGADLENA y los Alcaldes de Majagual y Guaranda.

 

CHORRO DE SANTA ANITA

Esta es una fotografía aérea del CHORRO DE SANTA ANITA, ubicado en la Finca del mismo nombre.

El Chorro se formó el Domingo 19 de Julio de 2010, a las 9 p.m.

Inicialmente se rompió un jarillón artesanal y luego rompió el Dique Marginal, al colapsar una alcantarilla imprudentemente autorizada.

Hoy el rompedero sobre el Dique tiene más de 600 metros.

Los Municipios más afectados son AYAPEL y los del San Jorge (San Marcos, Caimito y San Benito), y  la región de El Rabón.

 

OTROS CHORROS FORMADOS QUE AUN ESTAN ABIERTOS

 

•       Colorado

•       Laredo

•       Nuevo mundo

•       El brazuelo (julia)

•       Esta próximo a  colapsar: Caregato-la mejicana (la tragedia será peor)

 

25.000 HAS DE ARROZ  FUERON ARRASADAS

120.000 CABEZAS DE GANADO FUERON TRASLADADAS FORZADAMENTE

•      2.020 PREDIOS SE INUNDARON

•      MURIERON  MAS DE 13.000  RESES

•      SE DESTRUYERON 183.000 HAS DE PASTOS

 

 TIERRAS DE GRAN PRODUCTIVIDAD

Capa vegetal de gran fertilidad

Suelos clase 2 según categorización del  departamento de agricultura de los EEUU, de los mejores del mundo. Serian clase 1 si no tuvieran la restricción de las inundaciones.

Es un vaso regulador de aguas

La Mojana es un sistema biofísicamente heterogéneo con una amplia gama de opciones de desarrollo sostenibles predeterminados por la temporalidad de las inundaciones.

Existen limitantes estructurales:

Paradigmas de desarrollo SIN DEFINIR PARA LA REGION.

Problemas de orden social

Necesidades básicas insatisfechas

Contaminación aguas-recursos hidrobiológicos y sedimentación del rio cauca a causa de la minería irracional en el bajo cauca antioqueño, sobre todo en el rio Nechí.

 

PRINCIPALES ACTIVIDADES AGRICOLAS

•      Agricultura

•      Arroz, maiz, platano, cacao, frutales, madera, pan coger.

•      Ganadería

•      Pesca

•      Comercio

 

PRINCIPALES CAUSAS DE LAS INUNDACIONES

•      Sedimentación del rio cauca

•      Inclinación de la región hacia el occidente.

•      Subsidencia

•      Sedimentación de la red de caños y ciénagas (alteración del drenaje natural).

•      Destrucción del equilibrio hidrológico natural de la región (zenues).

 

Las obras mal hechas por  ejemplo el confinamiento del rio y la inexistencia de zonas de desfogue. No se construyeron los diques fusibles. No se hace mantenimiento a las obras existentes (jarillones, espolones, pantallas sumergibles…)

Para contrarrestar los efectos de las inundaciones y prevenir futuros desastres se hace necesario de acciones contundentes e interinstitucionales eficaces.

Sobre el particular, en el pasado se han adoptado estas acciones:

•      Estudios:

•      Misión colombo-holandesa (1972-1977)

•      Plan desarrollo sostenible DNP - FAO (2003)

•      Estudio universidad nacional –Medellín (2005)

•      Conpes 3421 de 2006

•      Plan integral  misión Mojana-gerencia publico privada dr Carlos Martínez Simahan: recuperar red natural de drenaje.

•      Plan nacional de desarrollo

•      Acciones INVIAS y CORMAGDALENA

•      Corporación CAR Momposina

•      La concepción de los Mojaneros no será igual.

•      

Dique marginal COLORADO-ACHI

 

 

Nuestras historias

PRIMER FORO REGIONAL DE TURISMO - GOLFO DE MORROSQUILLO

Declaratoria zona de desarrollo turístico prioritario

Durante esta jornada, se propuso evaluar la viabilidad de que los Concejos Municipales del Golfo de Morrosquillo, mediante Acuerdos respectivos y previa socialización en el Foro con los representantes de las comunidades, declaren unas determinadas áreas de sus municipios, Zonas de Desarrollo Turístico Prioritario (ZDTP), aprovechando el mecanismo que crea la Ley 300 de 1996 y desde la perspectiva de los diferentes actores que intervendrían en el proceso.

Nuestras historias