Recursos de Familias en Acción no son limosna

 

Fuente: Agencia Virtual de Prensa –AVP   

 

El representante a la Cámara, Nicolás Albeiro Echeverry Alvarán, dice que es muy importante que más de 2.300.000 familias colombianas se beneficien con los subsidios de Familias en Acción. Afirma que apoya la permanencia de este programa. Pero agrega que la entrega de dichos subsidios puede hacerse sin llevar a tanta gente pobre a la indignidad.

 
“Desde hace más de 15 días venimos viendo largas filas de beneficiarios, muchos de ellos personas de la tercera edad y mujeres cabeza de familia con sus niños y niñas, pernoctando bajo la lluvia y el sol, sin acceso alguno a servicios sanitarios y víctimas no sólo de vendedores de cupos sino de la indiferencia y negligencia de quienes tienen la obligación de entregarles su anhelado subsidio”, informó el Congresista después de haber conversado con algunos de los afectados.

 

Echeverry Alvarán reconoce la intención del Gobierno al entregar estos subsidios a familias desplazadas por el conflicto armado, a familias de comunidades indígenas y a familias del SISBEN con puntajes entre 0 y 32,20. Confirma que de esta manera el Estado cumple con el principio fundamental de la solidaridad.

 

“Pero, al mismo tiempo, el Estado no está garantizando el cumplimiento del principio fundamental de la dignidad humana, porque no es justo exponer a tantos colombianos a la ignominia que genera el hecho de hacer largas filas que duran hasta 24 horas para poder acceder a un subsidio”, sentenció el Representante antioqueño.

 

Nicolás Albeiro Echeverry le hace un llamado al Gobierno Nacional para que reconsidere la metodología para la entrega de estos subsidios. Cree que debe haber formas más creativas, innovadoras y dignas de entregar los recursos. Con más puntos y personal para atender a tantas personas que proceden de lugares alejados, haciendo toda clase de esfuerzos para reclamar el subsidio. Se pregunta: “¿por qué no aprovechar la presencia de estas personas para capacitarlas para el empleo, por ejemplo, de tal manera que sientan que su tiempo de espera es bien utilizado?”

 

El representante Nicolás Albeiro Echeverry Alvarán afirma que los recursos de Familias en Acción no son una limosna: son una estrategia para la equidad y el desarrollo, fundada en el principio de la dignidad humana.

 

Más información con el representante a la Cámara, Nicolás Albeiro Echeverry Alvarán, en el número de celular 311 381 2478

 

Agencia Virtual de Prensa: 310 514 45 21

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Si no hay pena, que no haya crueldad

El representante a la Cámara, Nicolás Albeiro Echeverry Alvarán -miembro de la Bancada Animalista en el Congreso de la República y autor del Proyecto de Ley 224 de 2016, “Por medio del cual se prohíbe la utilización de elementos que laceren, mutilen, hieran o den muerte en espectáculos públicos a animales”-, espera que la Corte Constitucional no avale la ausencia de penalización de espectáculos crueles como las corridas de toros.

 

El magistrado Alejandro Linares es el encargado de estudiar una demanda de inconstitucionalidad del Parágrafo 3° del Artículo 339B del Código Penal, según el cual no serán objeto de pena de prisión de doce (12) a treinta y seis (36) meses quienes maltraten a un animal causándole la muerte o lesiones graves.

 

De acuerdo con la Ley 1774 de 2016, que modificó el Código Penal, quedaron exceptuados de pena quienes en actividades como el rejoneo, coleo, las corridas de toros, novilladas, corralejas, becerradas y tientas, así como las riñas de gallos,   hieran o lesionen a un animal; causen la muerte inevitable o necesaria a un animal por golpe, quemadura, cortada o punzada o con arma de fuego; enfrenten animales para que se acometan y hagan de las peleas así provocadas un espectáculo público o privado; conviertan en espectáculo público o privado, el maltrato, la tortura o la muerte de animales adiestrados o sin adiestrar; y usen animales vivos para entrenamiento o para probar o incrementar la agresividad o la pericia de otros animales. 

 

Por esta razón es que el “econgresista” Nicolás Albeiro Echeverry dice que existe doble moral: “hay sanción para quien castigue un perro, pero no para quien castigue un toro; por eso urge legislar frente a la práctica de entretenimiento y expresión cultural que involucre a todos los animales”.

 

En ese sentido es que el “Econgresista” antioqueño espera que el magistrado Linares haga caso omiso de la solicitud hecha por el Ministerio de Justicia de no declarar inconstitucional el artículo 339B del Código Penal.

 

“De no hacerlo la Corte Constitucional –que tendría que hacerlo para que no quede en evidencia su doble moral-, de manera subsidiaria el Congreso de la República debe transformar estas prácticas exigiendo la abolición de elementos cortopunzantes que hacen daño a los animales”, manifestó Echeverry Alvarán.

 

El “Econgresista” conservador entiende la presión de un gran sector de la sociedad colombiana amante de la “fiesta taurina”. Por eso su convencimiento de la urgencia de aprobar el  Proyecto de Ley 224 de 2016, para que los espectáculos continúen, aún sin penalización –si así es el leal sentir y pensar del Alto Gobierno y de la Corte Constitucional- pero sin tortura, sin crueldad, sin sangre y sin muerte.

 

“Nuestro Proyecto de Ley busca que los amantes de la tauromaquia reconozcan a los toros como seres sintientes, consecuentes con la Ley 1774 de 2016. Pero, al mismo tiempo, esperamos que la controversia no genere hechos violentos como los de la Plaza La Santamaría de Bogotá”, concluye el representante Nicolás Albeiro Echeverry Alvarán, quien espera realizar una reunión urgente con la Bancada Animalista el miércoles, 1 de febrero, para tomar decisiones sobre las acciones políticas y jurídicas que les permita defender los proyectos para la protección de los animales.

 

Más información con el representante a la Cámara, Nicolás Albeiro Echeverry Alvarán, en el número de celular 311 381 2478

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Corte Constitucional le devuelve la vida a los páramos

El “econgresita”, Nicolás Albeiro Echeverry Alvarán, celebra el fallo de la Corte Constitucional de prohibir la minería en los páramos.

“Es consecuente con los derechos de tercera generación, que en honor al derecho fundamental a la vida, tenemos que presumir su conexidad, a sabiendas de que la existencia de la humanidad está en riesgo debido a la explotación irracional de nuestras riquezas naturales y a la amenaza que representa para ese patrimonio  natural que aún nos queda”, ha manifestado el Representante a la Cámara antioqueño.

Según Echeverry Alvarán, la decisión del Alto Tribunal responde al interés colectivo y desestima el interés económico particular de los dueños de 334 títulos mineros que venían ejecutándose en 26 páramos colombianos.

“El fallo reconoce efectivamente, y en buena hora, el derecho de los colombianos a gozar de un ambiente sano. La Corte le está recordando a nuestro Estado Social de Derecho que debe cumplir con el mandato superior de proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y

planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible”, recuerda el “Econgresita”.

Igualmente aplaude la protección de las comunidades desplazadas, privilegiando la satisfacción de sus intereses por encima de los de los intereses de los empresarios mineros.

“¡Qué bueno que quienes hayan sido desplazados por la violencia puedan volver a sus tierras. No es superior ni la indemnización económica para ellos ni los réditos económicos de los empresarios mineros al derecho de todos a conservar la riqueza ecológica que el sistema de páramos representa para los colombianos y para la humanidad”, ha afirmado Echeverry Alvarán.

 El “Econgresista” conservador también cree que es acertado que la Corte Constitucional les devuelva a las Corporaciones Autónomas Regionales la potestad para evaluar el impacto ambiental de los Proyectos de Interés Nacional Estratégicos –PÍNES- en zonas naturales protegidas.

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